Andrés López Vergara, En Estrado.
De acuerdo con las cifras entregadas hoy por la Fiscalía de Chile a través de su cuenta de Twitter, entre el 1 de marzo y el 4 de septiembre, el Ministerio Público recibió 163.973 delitos contra la Salud Pública, con un total de 283.048 imputados, quienes principalmente tenía entre 25 y 45 años (59%).
En estos seis meses de pandemia, la aplicación del artículo 318 del Código Penal ha suscitado un amplio debate jurídico. Algunos plantean que es una ley penal en blanco de peligro abstracto, mientras que otros indican que es necesaria para evitar una propagación del Covid-19, es decir, que se cumpla la limitación de movimiento como las cuarentenas.
El Ministerio Público indicó que han formalizado investigación o requerido en procedimiento monitoreo o simplificado a 204.823 imputados por delitos contra la Salud Pública.
“Estos imputados son parte de los criterios que el Fiscal Nacional instruyó para racionalizar la persecución penal y ofrecer un tratamiento diferenciado a los infractores del art. 318 dependiendo de la gravedad de su infracción. Este criterio es: No infringen el art. 318 las personas en situación de calle, las que salgan en busca de sustento, las que necesitan expresar pacíficamente sus demandas y necesidades, y/o aquellas que deben salir de su domicilio para denunciar un delito”, indican.
Agregan que “a juicio de la Fiscalía de Chile, el artículo 318 sanciona también a quienes infringen la cuarentena y las normas que pretenden reducir la movilidad, ya que no sólo se expone al contagio individual, sino además puede transformarse en un vector para el contagio de otros. Este criterio ha sido confirmado por las Cortes de Apelaciones de Santiago, San Miguel, Rancagua, Temuco, Antofagasta, La Serena y. recientemente, a través de los fallos del 22 de septiembre dictados por las Cortes de Apelaciones de Arica y Coyhaique”.