La Sala Penal del máximo tribunal mantendrá en revisión el recurso de casación interpuesto por la familia de las víctimas Elena Hinojosa y Eduardo Páez. La acción busca invalidar el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que recalificó los hechos a homicidios simples y declaró extinguida la acción penal por prescripción.
La Corte Suprema mantiene en tramitación un recurso de casación interpuesto con el objetivo de revocar el sobreseimiento definitivo dictado en favor de Hugo Bustamante por los homicidios de Elena Hinojosa y su hijo Eduardo Páez, cometidos en 1996 en Villa Alemana. La ofensiva judicial busca anular la resolución emitida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en julio de 2026, la cual dejó sin efecto la sentencia del Juzgado de Letras de Villa Alemana que lo había condenado en primera instancia a diez años y un día de presidio por dos homicidios calificados.
El escenario procesal dio un giro luego de que el tribunal de alzada porteño revisara la causa tramitada bajo el sistema procesal antiguo y descartara la agravante de alevosía, al considerar que las muertes se produjeron en un contexto de enfrentamiento. A raíz de esa apreciación, la magistratura recalificó los hechos a dos delitos de homicidio simple, cuya acción penal prescribe en un plazo de diez años. Bajo dicho cálculo, los jueces concluyeron que la responsabilidad penal de Bustamante por este caso se extinguió en enero de 2015, años antes de la reapertura de la causa y del crimen de la adolescente Ámbar Cornejo.
La petición de penas efectivas
Frente a la extinción del caso decretada en segunda instancia, Bárbara Romero, nieta de Elena Hinojosa, llevó la controversia ante la Corte Suprema mediante la interposición de un recurso de casación. La presentación formal solicita invalidar la resolución dictada el 27 de julio de 2026 por la Corte de Valparaíso y dictar una sentencia de reemplazo que restablezca la calificación de dos homicidios calificados, imponiendo a Bustamante dos penas de diez años y un día de cárcel por cada ilícito.
El abogado querellante en la causa por el asesinato de Ámbar Cornejo, Patricio Olivares, analizó los alcances del sobreseimiento impugnado, precisando que “se logra demostrar la participación de Hugo Bustamante, pero el paso del tiempo impide condenarlo por estos homicidios calificados”, dijo a radio Biobio No obstante, el jurista aclaró que la resolución sobre este expediente en particular “no significa que deje de cumplir las condenas que ya se le impusieron: las correspondientes a los crímenes de Ámbar y, además, el tiempo pendiente de su condena original por los delitos que lo hicieron conocido como ‘El asesino del tambor'”.
El trasfondo de la confesión y el hallazgo en Villa Alemana
Los homicidios de Hinojosa y Páez correspondieron a las dos primeras ejecuciones cometidas por Bustamante, manteniéndose ocultos durante casi tres décadas. De acuerdo con los antecedentes del caso, Páez había sido compañero de encierro del imputado en un recinto carcelario. El 27 de junio de 1996, la víctima acudió junto a su madre al domicilio de Bustamante a cobrar una deuda económica, instancia en la que se generó una discusión que culminó con el asesinato de ambos y la posterior sepultura de sus restos en el mismo inmueble.
El ocultamiento del doble crimen finalizó mientras el sujeto cumplía presidio perpetuo calificado por el femicidio y abuso de Ámbar Cornejo ocurrido en 2020. En el marco de una entrevista concedida a la periodista Ivonne Toro para la elaboración de una investigación del caso, Bustamante confesó el ilícito señalándole a la reportera: “Le tengo un regalo… sobre su pregunta, anote: Isabel Hinojosa y su hijo, Eduardo Páez”. La declaración dio paso a peritajes de la PDI que permitieron desenterrar las osamentas a cinco metros del lugar donde había ocultado el cuerpo de la menor. Ahora, la pronunciación final sobre si procede o no sancionar penalmente la primera masacre del condenado quedó radicada en los ministros de la Corte Suprema.




