Corte Suprema modifica cuestionado protocolo que exigía pase de movilidad a quienes acudieran un tribunal

Feb 18, 2022 | Actualidad

Créditos Imagen : Foto: Poder Judicial

Con esta nueva decisión, quedaron eximidos del requerimiento los usuarios y los intervinientes de los procedimientos judiciales.

Polémica había causado a comienzos de mes la decisión de la Corte Suprema de exigir el pase de movilidad vigente a todos quienes deseen ingresar a los tribunales del país. Se habló de que era un golpe para los antivacunas. Pero ahora, tras la presentación de una solicitud formulada por la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados (ANMM) y la Asociación de Profesionales de la Administración del Poder Judicial (Aprajud), se decidió “bajar un cambio” y modificar la cuestionada decisión.

El texto original, del 2 de febrero pasado, indicaba que “todas las personas que presten funciones en las diversas dependencias de tribunales y unidades judiciales, como asimismo quienes concurran a estos recintos para participar en audiencias o a lugares cerrados, deberán contar con pase de movilidad vigente, no aplicando dicha exigencia a quienes participen en tales instancias por vía telemática”.

En la nueva resolución, redactada el 17 de febrero, se indica que “con la cuenta dada de la solicitud efectuada por doña Verónica Vymazal Bascopé, presidenta (s) de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados y don Patricio Aguilar Paulsen, presidente de la Asociación de Profesionales de la Administración del Poder Judicial, en relación a la pertinencia de modificar el Protocolo de Manejo y Prevención ante Covid-19, aprobado por esta Corte Suprema con fecha 2 de febrero del año en curso, se acuerda hacer lugar a lo solicitado y, en consecuencia, se dispone que la señalada reglamentación queda aprobada con la siguiente indicación:

-Todas las personas que presten funciones en las diversas dependencias de tribunales y unidades judiciales, deberán contar con pase de movilidad vigente, no aplicando dicha exigencia a los usuarios, intervinientes y quienes participen en tales instancias por vía telemática”.

Así, la exigencia fue retirada a dos de los actores claves de los procedimientos judiciales: los usuarios y los intervinientes.

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