El máximo tribunal consideró que la privación de libertad impuesta al mayor Gonzalo Andrés de la Costa Lara, era una medida excesiva, agregando que al momento de dictarse no se consideró el contexto en el cual el oficial disparó perdigones con la intención de dispersar una protesta en la población La Legua, en la comuna de San Joaquín, donde un manifestante resultó con daño ocular, el 11 de septiembre de 2020.
La Corte Suprema revocó este viernes la prisión preventiva del funcionario de Carabineros Gonzalo Andrés de la Costa Lara, y dejó sin efecto la resolución del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que el pasado 5 de abril decretó la máxima medida cautelar del mayor tras ser formalizado por apremios ilegítimos.
Ello, luego que el máximo tribunal, en fallo dividido, acogiera un recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública en favor del uniformado, y estableciera que la privación de libertad era excesiva y argumentara que al momento de dictarse, no se consideró el contexto en el cual el oficial disparó perdigones con la intención de dispersar una protesta en la población La Legua, en la comuna de San Joaquín, donde un manifestante resultó con daño ocular, hecho ocurrido el 11 de septiembre de 2020.
A cambio, la Corte Suprema ordenó como medidas cautelares el arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima durante el periodo de investigación penal.
De la Costa Lara permanecía recluido en el Centro de Detención Pudahuel, dependiente de la 26° Comisaría de Pudahuel, lugar donde alcanzó a estar casi un mes.