La Corte de Apelaciones de Valparaíso dictó una sentencia que cuestiona las fronteras en torno a las atribuciones de la Contraloría General de la República (CGR) en materia de salud pública,. El tribunal de alzada acogió un recurso de protección presentado por una madre, prohibiendo al ente fiscalizador el acceso masivo y nominado a las fichas clínicas y datos personales de niños, adolescentes y adultos que forman parte de los programas de apoyo a la transición de género del Ministerio de Salud,.
La controversia se originó a partir de un oficio de la Contralora (s) Dorothy Pérez, que exigía la entrega de antecedentes detallados —incluyendo números de RUT, nombres sociales y registrales, identidad de género y fechas de nacimiento— para realizar una auditoría sobre el uso de recursos en estos programas. No obstante, los ministros estimaron que tal requerimiento generaba una colisión directa entre la Ley de Protección de la Vida Privada y la Ley de Derechos del Paciente, inclinando la balanza hacia el resguardo de la intimidad.
El criterio de la desproporcionalidad
El fallo, acordado por dos votos contra uno, es enfático en señalar que la pretensión de la Contraloría resulta “desproporcionada”. Según los magistrados, no es lícito “sacrificar un derecho de rango constitucional sustentándose en una premisa fáctica, carente de corroboración probatoria específica”. En esa línea, el tribunal recordó que el ejercicio de la labor de control de los dineros públicos, aunque fundamental, tiene “límites jurídicos” que impiden la vulneración de derechos fundamentales sin una justificación de irregularidades concretas.
Para la Corte porteña, la auditoría se basaba únicamente en un plan general derivado de una comisión parlamentaria, sin que existieran “indicios o sospechas de irregularidad” que hicieran necesaria la entrega de la identidad de los pacientes para cumplir con el objetivo fiscalizador.
Alternativas y el rol del Consejo de Defensa del Estado
La sentencia no anula la facultad de fiscalizar, pero sí instruye una forma menos invasiva de hacerlo. Los magistrados señalaron que la CGR cuenta con medios alternativos, como la anonimización de los datos, el uso de técnicas de codificación para la trazabilidad o la revisión presencial en los servicios de salud “sin extracción ni transferencia masiva de datos nominativos”.
Con esta resolución, la Contraloría —representada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE)— deberá decidir si apela ante la Corte Suprema. De confirmarse el criterio de Valparaíso, se sentaría un precedente sobre la protección de la “esfera íntima de los beneficiarios” frente a los requerimientos de información de los organismos del Estado, dejando sin efecto las advertencias de sanciones y suspensiones que la Contraloría había deslizado para los funcionarios de salud que opusieran resistencia a la entrega de estos antecedentes,.




