La Novena Sala del tribunal de alzada capitalino acogió una orden de no innovar presentada por la Fundación Iguales, paralizando por cuarta vez el oficio de Dorothy Pérez que busca auditar el programa de acompañamiento de género. El conflicto judicial, que ya suma fallos contradictorios en regiones y la Suprema, pone en jaque la colisión entre el rol fiscalizador del Estado y la protección de la vida privada de los pacientes.
El brazo de hierro que mantiene la Contraloría General de la República (CGR) con organizaciones civiles y el Ministerio de Salud (Minsal) sumó este martes un nuevo capítulo en los tribunales de la capital. La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió paralizar el oficio mediante el cual el organismo dirigido por Dorothy Pérez busca acceder a los registros clínicos de niños, niñas y adolescentes que forman parte de los programas de cambio de género financiados con fondos públicos.
La decisión. según publicó 24Horas.cl, fue adoptada por la Novena Sala del tribunal de alzada tras acoger una “orden de no innovar” (ONI) solicitada por la Fundación Iguales en el marco de un recurso de protección. Si bien el libelo había sido declarado inadmisible en primera instancia por la sala de cuenta, la Corte Suprema intervino previamente ordenando a los ministros de Santiago tramitar la solicitud para analizar el fondo de la controversia.
El cuarto freno y la “entelequia jurídica”
Este revés procesal para la Contraloría no es un hecho aislado. Se trata de la cuarta vez que la justicia detiene la aplicación del polémico oficio firmado por Pérez en enero pasado. Previamente, el tribunal de alzada de Valparaíso ya había acogido tres recursos similares, reconociendo la facultad fiscalizadora de la entidad, pero prohibiendo expresamente el acceso masivo a la información sensible de los pacientes.
En los pasillos de tribunales ya se habla de una “entelequia jurídica”. El término surge debido a la disparidad de criterios que ha mostrado el sistema: mientras algunas salas regionales y la propia Suprema han rechazado recursos similares bajo el argumento de que la facultad fiscalizadora es suficiente, los fallos de fondo en Valparaíso y ahora la cautelar en Santiago han puesto un muro de contención basado en los derechos constitucionales.
Derechos constitucionales versus fiscalización
El nudo crítico de la disputa radica en qué información puede efectivamente revisar la Contraloría sin vulnerar la Ley de Protección de la Vida Privada y la Ley de Derechos del Paciente. Los datos que el organismo estima “vitales” para su auditoría incluyen el nombre registral, RUT, identidad de género, nombre social, el hospital de tratamiento y la vigencia del servicio.
Para los magistrados que han frenado la entrega de estos antecedentes, la pretensión de la CGR carece de equilibrio. Según un fallo previo de la Corte de Valparaíso, citado como antecedente en el proceso actual, “resulta desproporcionado sacrificar un derecho de rango constitucional sustentándose en una premisa fáctica, carente de corroboración probatoria específica, cuando existen medios alternativos que permiten alcanzar los mismos fines de control con una intervención sustancialmente menor en la esfera íntima de los beneficiarios”.
Con la orden de no innovar vigente, el Minsal queda inhabilitado de entregar los datos hasta que la Corte de Santiago resuelva el fondo del recurso. El escenario sigue siendo incierto, ya que aún restan por resolverse tres fallos pendientes de Valparaíso ante la Suprema, los cuales definirán si el acceso masivo a fichas clínicas es una herramienta legítima de control presupuestario o una intrusión inconstitucional en la vida de menores de edad.




