En un fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada rechazó las apelaciones presentadas por el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos, confirmando la prescripción de los delitos tributarios atribuidos al expresidente de la ANFP. El dictamen clausura la vía penal en el país a una década de su partida a Miami, donde aún aguarda condena en la causa del FIFA Gate.
La Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago puso término definitivo a la persecución penal tramitada en Chile contra el expresidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), Sergio Jadue Jadue. En una resolución dictada de forma unánime, el tribunal de alzada rechazó los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos (SII), ratificando la sentencia emitida el pasado 28 de julio de 2026 por el 13° Juzgado de Garantía de Santiago, la cual declaró el sobreseimiento definitivo del imputado por la prescripción de la acción penal.
El pronunciamiento del tribunal colegiado, integrado por la ministra Romy Rutherford Parentti, el ministro suplente Fernando Guzmán Fuenzalida y el abogado integrante Sebastián Perelló Enrich, desestimó los argumentos presentados por la Fiscalía y el órgano fiscalizador para revertir el fallo de primera instancia. La persecución penal buscaba establecer eventuales ilícitos tributarios, declaración indebida de impuestos e irregularidades financieras cometidas durante la administración del dirigente al mando del fútbol chileno entre los años 2011 y 2015.
Rechazo a la tesis de la Fiscalía y el cómputo de la prescripción
En el desarrollo de los alegatos, el Ministerio Público sostuvo que la acción penal no se encontraba prescrita, argumentando que en enero de 2017 la Fiscalía realizó gestiones formales para solicitar a Estados Unidos la extradición del imputado, actuación que a su juicio interrumpía el cómputo del plazo legal. Sin embargo, la Corte respaldó el criterio del tribunal de garantía, determinando que transcurrieron más de diez años desde la ocurrencia de los hechos investigados sin que se registraran actos de formalización o interrupciones procesales idóneas en el fuero interno.
Al ratificar la extinción de la responsabilidad penal, el dictamen oficial del tribunal de alzada consignó que, “por compartir los argumentos de la decisión en alzada y atendido lo dispuesto en los artículos 253 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiocho de julio del año en curso (…) que decretó el sobreseimiento definitivo respecto del imputado Sergio Elías Jadue Jadue”. Con esta resolución, la justicia chilena dio por cerrado de manera inapelable el capítulo penal abierto contra el exdirigente calerano.
La pendiente sentencia en Miami
Pese a quedar libre de cargos en el territorio nacional, la situación judicial de Jadue se mantiene bajo el control de los tribunales estadounidenses. El exmandamás de Quilín permanece radicado en Miami desde noviembre de 2015, fecha en que renunció a la dirigencia del fútbol local y se trasladó a Norteamérica para actuar como colaborador eficaz e informante del FBI en la investigación internacional por el denominado escándalo FIFA Gate.
En la jurisdicción federal de Nueva York, Jadue reconoció su culpabilidad en delitos de conspiración para cometer fraude y recepción de sobornos a cambio de la concesión de derechos de transmisión televisiva de torneos sudamericanos. No obstante, la lectura de su condena definitiva ha sido postergada en 16 ocasiones por la justicia estadounidense, manteniéndose hasta la fecha sin un pronunciamiento final.
Paralelamente, el cierre de la causa penal en Chile no altera la inhabilitación que rige en el ámbito deportivo. El Órgano de Decisión de la Comisión de Ética de la FIFA sancionó a Jadue de forma perpetua para ejercer cualquier tipo de actividad vinculada al fútbol nacional e internacional, tras acreditar la infracción de los artículos 13, 15, 18, 19 y 21 de su Código de Ética, relativos a deberes de lealtad, conflictos de interés, cooperación y actos de soborno y corrupción.




