En fallo unánime, el tribunal de alzada despeja el camino para que la Fiscalía de Aysén avance hacia la preparación del juicio oral contra el parlamentario y otros siete imputados por un perjuicio al Estado que supera los 100 millones de pesos. La decisión se suma a reveses procesales previos en los que la justicia desestimó ampliar la investigación.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió por unanimidad, con tres votos a favor, la solicitud de desafuero presentada por el fiscal regional de Aysén, Hernán Libedinsky Moscovich, en contra del senador por la Región de Aysén, Miguel Ángel Calisto Águila. La resolución del tribunal de alzada privó al legislador de su inmunidad parlamentaria en el marco de la investigación que instruye el Ministerio Público por el presunto delito de fraude al Fisco en Aysén. Con esta decisión ejecutoriada, el ente persecutor queda habilitado para ejercer las acciones penales correspondientes y conducir el proceso hacia la etapa de preparación del juicio oral.
Al ponderar los antecedentes contenidos en la carpeta investigativa, el fallo del tribunal de alzada estableció que los hechos atribuidos “tienen mérito y resultan plausibles”. En esa línea, los magistrados concluyeron que “se trata entonces de antecedentes serios que permiten superar el control de plausibilidad de la imputación que el Ministerio Público formula acerca de la existencia de un ilícito y participación para la formación de causa en su contra”. Asimismo, la Corte resolvió que el “convencimiento preliminar requerido en esta fase previa de desafuero, se obtiene del examen de los antecedentes reunidos en la etapa de investigación, reales, revestidos de seriedad y plausibilidad para dar lugar a la formación de causa respecto del Senador Miguel Ángel Calisto Águila; sin perjuicio de lo que se resuelva en el juicio penal”.
La causa radicada en Aysén abarca a un total de ocho imputados acusados por los delitos de fraude al Fisco y fraude de subvenciones, en carácter de reiterado, estimándose un perjuicio para el patrimonio fiscal superior a los 100 millones de pesos. En el caso del parlamentario, la resolución configura el segundo despojo de sus fueros dentro de la misma causa, dado que la Corte Suprema ya lo había desaforado cuando ejercía como diputado el 29 de septiembre de 2025 por idénticos antecedentes. Tras asumir posteriormente el escaño en el Senado, la Fiscalía debió elevar un nuevo requerimiento para habilitar el juzgamiento respecto de su actual investidura. En el mapa político de la Cámara Alta, la pérdida de su fuero reduce de 26 a 25 los votos afines al Gobierno en una corporación de 50 escaños.
El dictamen de la Corte de Puerto Montt se suma a un revés procesal previo sufrido por la representación del senador ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique. Dicha instancia rechazó un recurso de amparo presentado contra la resolución del juez titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique, Mario Devaud Ojeda, quien había desestimado ampliar el plazo de investigación y negado una cautela de garantías sobre soportes digitales aportados por un coimputado. Al respecto, la judicatura observó que las especies requeridas por la defensa no fueron incluidas entre los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público en su acusación, derivando en la apertura de indagatorias independientes.




