En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Concepción descartó un actuar arbitrario por parte de la casa de estudios al desvincular a un estudiante de Enfermería. El tribunal determinó que las publicaciones, que mostraban al joven con indumentaria militar en un contexto de amenazas reales de tiroteo, vulneraron gravemente la convivencia y la ética estudiantil.
La Corte de Apelaciones de Concepción ratificó la medida disciplinaria de expulsión aplicada por la Universidad Andrés Bello (UNAB) contra un estudiante de la carrera de Enfermería del campus Concepción. El conflicto judicial se originó luego de que el alumno publicara en sus redes sociales imágenes generadas con Inteligencia Artificial (IA) que hacían alusión a una masacre escolar, en medio de un clima de alerta institucional provocado por amenazas previas detectadas en el recinto.
El fallo de la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por el ministro Claudio Gutiérrez, la ministra Antonella Farfarello y la abogada (i) Marta Araneda— desestimó el recurso de protección interpuesto por el joven, estableciendo que la universidad actuó dentro de sus facultades reglamentarias y sin incurrir en ilegalidad.
El contexto de la amenaza
Los hechos que motivaron la drástica sanción se desencadenaron el 8 de abril de 2024, cuando la dirección del campus tomó conocimiento de diversos rayados en los baños que advertían sobre una matanza inminente. Según consigna el fallo, las inscripciones contenían frases como: “’Tiroteo 10 Abril’, ‘Tiroteo viernes 10 Abril’, ‘Tiroteo viernes 10’, ‘Viernes 10 Abril todos morirán’”.
Ante la gravedad de los antecedentes, la universidad activó protocolos de seguridad y realizó denuncias ante Carabineros y el Ministerio Público. Fue en este escenario de incertidumbre cuando, al día siguiente, el recurrente publicó en su cuenta de Instagram dos imágenes creadas con IA en las que aparecía “vistiendo un casco y un chaleco antibalas, además de exhibir numerosos cartuchos de balas”, acompañadas del texto “’Outfit para mañana’”.
Fundamentos del fallo: Ética y convivencia
Para los ministros, la conducta del estudiante no puede entenderse de forma aislada, sino dentro del clima de conmoción que afectaba a la comunidad universitaria. La resolución agrega que la actuación del alumno contribuyó a agravar una situación de alarma que ya había requerido la intervención de las fuerzas policiales.
En sus considerandos, el tribunal fue tajante respecto a la responsabilidad del sancionado: “La conducta desplegada por el actor resulta incompatible con el comportamiento ético exigido a todo estudiante universitario, al haber contribuido a agravar una situación de alarma y de temor que trascendió a la comunidad universitaria”. Asimismo, la Corte destacó que el joven conocía o debía conocer las comunicaciones oficiales de la universidad sobre las amenazas existentes antes de realizar sus publicaciones.
Validez del proceso disciplinario
Finalmente, la justicia validó el ejercicio de la potestad disciplinaria de la UNAB, señalando que se respetó el debido proceso y que el alumno tuvo la oportunidad de defenderse en la investigación sumaria. El fallo concluye que la universidad se sometió a la Constitución y a la Ley N°21.091 (modificada por la Ley N°21.707), actuando con pleno apego a la legalidad y a los principios de buena fe contractual.
“La decisión adoptada por la universidad recurrida se ajusta íntegramente al marco normativo interno, habiéndose cumplido con todos los protocolos aplicables”, remata la sentencia que dejó a firme la salida del estudiante de la carrera de Enfermería.




