Convención Constitucional: Académicos coinciden en que la propuesta de un Consejo Superior para dirigir la Defensoría Penal Pública afectaría la independencia funcional y orgánica de la institución

Abr 12, 2022 | Actualidad

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Los abogados Mauricio Duce y Rafael Blanco desmenuzaron los cambios propuestos por la Comisión de Sistema de Justicia, normas que esta semana deberán ser resueltas por el pleno que definirá si se aprueban o no para pasar a formar parte definitiva del borrador de nueva Constitución.

Ruido ha generado entre expertos, académicos e incluso funcionarios de la Defensoría Penal Pública, la propuesta aprobada en la Comisión de Sistema de Justicia de la Convención Constitucional, que establece que la dirección de la institución residirá en un Consejo Superior que designará de entre sus miembros, a un presidente y a un director ejecutivo, y que se suma a otros dos importantes cambios propuestos en relación a la autonomía del organismo, y el fin del sistema mixto de prestación de defensa.

Dichas normas serán votadas esta semana en el pleno, y podrían pasar a formar parte definitiva del borrador de la nueva Carta Magna si logran ser aprobadas por 2/3.

A juicio del abogado y académico de la Universidad Diego Portales, Mauricio Duce, “los cambios de la Comisión del Sistema de Justicia propuestos a la Defensoría Penal Pública, van a perjudicarla”.

“Respecto a la autonomía, me parece que no era necesario una norma constitucional, bastaba –simplemente- con otorgársela de manera legal, cosa que ya se había avanzado, pero era un tema que estaba en discusión hace mucho tiempo”, explica, mencionando que los aspectos más problemáticos de las modificaciones propuestas “son el Consejo Superior, que, además por su integración y sus funciones, corre el riesgo de entorpecer el funcionamiento de la Defensoría y meter en decisiones de gestión, cooptación de intereses o gremiales de la propia defensoría o políticos, con los designados externamente”.

“Y tratándose de las licitaciones sería un retroceso importante en términos no del modelo de defensa, sino que en términos de la capacidad de poder prestar un servicio de defensa con importante cobertura y con calidad”, agrega, argumentando que “la defensoría tendría que absorber toda la demanda y probablemente, es difícil proyectar que le van a asignar todos los recursos para cubrir esa demanda”.

Y dice categórico: “Se está haciendo una oferta gigantesca en término de financiamiento de defensas técnicas, no solo de la Defensoría Penal Pública, y veo que muy difícilmente se van a lograr los niveles de financiamiento que se requerirían para obtener una defensa de calidad”.

Sobre el rol del Defensor Nacional ante la implementación de un Consejo Superior, Duce dice que “queda como una figura completamente irrelevante”. “En mi opinión, es un error importantísimo diseñar la Defensoría Penal Pública como un reflejo de la fiscalía porque la función y rol de ambas instituciones, son completamente distintas y, por lo mismo, lo que para una podría ser bueno, para otra, puede ser un error más o menos grave. En todo caso, me parece que el diseño de esta nueva forma de gobierno de la institución a cargo de un Consejo, es mala, tanto como para la Defensoría como para el Ministerio Público”, insiste.

Por último, asegura que, en relación al sistema mixto de prestación de defensa “el suprimir por completo a nivel constitucional, las licitaciones, va –potencialmente- a generar un problema gigantesco, me parece que la Constitución no debiera definir el tipo de sistema, sino más bien, dejar al legislador y a la política pública el desarrollo de un sistema que pueda hacerse cargo del enorme desafío que existe en todos los países, de prestar una defensa de calidad y oportuna. Para eso, me parece que lo mejor es tener reglas que permitan cierta flexibilidad, que permitan evolucionar en el tiempo. Y el problema de una norma constitucional es que bloquea un camino posible de una manera muy dura y, por tanto, deja mucho menos herramientas para la ley y para la política pública, de cómo poder satisfacer de mejor forma, el objetivo central que justifica la existencia de la Defensoría y que es prestar defensoría técnica de calidad y de forma oportuna”.

“La existencia de un órgano colegiado “como el que se propone, arriesga una cooptación gremial y política que sin duda terminará afectando la independencia funcional y orgánica”

Por su parte, el abogado de la Universidad Católica de Chile, Rafael Blanco, asegura que en los cambios propuestos por la Convención Constitucional hay avances y fuertes retrocesos para la Defensoría Penal Pública.

“Hay dos avances importantes que deben ser reconocidos. Por una parte, se le otorga autonomía constitucional, sacándola del ámbito institucional del Poder Ejecutivo, y un segundo avance radica en el hecho de optar por un modelo de defensa penal especializado, evitando mezclarlo con defensas de otras áreas del derecho. Esto refuerza su función y focaliza recursos y una adecuada preparación para enfrentar casos”, dice.

Sobre los retrocesos más importantes a juicio del académico, estos apuntan a “estructurar un gobierno colegiado en lugar de uno unipersonal, dificultando la gestión y administración oportuna, eficiente y eficaz de la Defensoría Penal Pública, que, además, contradice toda la experiencia comparada en la materia”.

“Un segundo retroceso, ligado al anterior, se refiere a la incorporación a este órgano de gobierno colegiado, de funcionarios y representantes de los defensores y defensoras, introduciendo problemas eventuales de cooptación gremial. Un tercer problema es la propuesta de permitir que la Cámara Plurinacional pueda nominar integrantes a este de gobierno colegiado, arriesgando la politización de la Defensoría”.

Y un último problema, añade Blanco, “refiere al eventual problema de financiamiento que enfrentará la institución si se cierra a nivel constitucional, la posibilidad de externalizar servicios de asistencia judicial por parte de la sociedad civil”.

Sobre la implementación de un Consejo Superior, Rafael Blanco reitera que la existencia de un órgano colegiado “como el que se propone, arriesga una cooptación gremial y política que sin duda terminará afectando la independencia funcional y orgánica”, agregando que, en relación a las afirmaciones que apuntan a la Defensoría Penal Pública como un espejo del Ministerio Público, “esta institución requiere de una conducción unipersonal que facilite la gestión y administración de recursos humanos y financieros”.

“Esa conducción unipersonal favorece la representación oportuna de intereses en el debate político e institucional y, por otra parte, un gobierno unipersonal facilita el control y rendición de cuentas de quien conduce y favorece la asignación de responsabilidades oportunas”.

Por último, el abogado y académico profundiza respecto al sistema mixto en la prestación de defensa que hasta hoy mantiene la Defensoría Penal Pública, mencionando que “es un modelo innovador que ha permitido la participación de la sociedad civil y el mundo privado en la prestación de servicios de defensa penal y la generación de estándares y exigencias de control muy intensas por parte de la Defensoría”.

“Ese nivel de auditoría y exigencias por la prestación de servicios de defensa no es fácil encontrarlo en los sistemas comparados, desechar ese sistema a nivel constitucional arriesga serios problemas de adecuado y oportuno financiamiento de la DPP y supone trasladar decisiones de política pública que debieran quedar en el ámbito legal y no constitucional”, concluye.

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