Contraloría rechaza que consejo del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago realice sesiones telemáticas de manera permanente

Jun 16, 2022 | Actualidad

Créditos Imagen : Facebook.com/contraloriacl

Organismo había consultado al ente contralor si procedía mantener las reuniones telemáticas más allá de la alerta sanitaria que actualmente está vigente en el país.

La Contraloría General de la República rechazó que el consejo del Gobierno Regional Metropolitano pueda continuar realizando sus sesiones de manera telemática de manera permanente, más allá de la duración de la alerta sanitaria que se encuentra vigente por la pandemia del Covid 19.

El acta del ente contralor comienza indicando que “se ha dirigido a esta Contraloría General el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, solicitando un pronunciamiento sobre la procedencia de que el consejo regional realice sus sesiones de forma telemática o a distancia de manera permanente, más allá de la vigencia del decreto supremo de alerta sanitaria”.

En este sentido, indican que “cabe recordar que el dictamen N° 6.693, de 2020, de esta Sede de Fiscalización -de conformidad con su similar N° 3.610, de esa misma anualidad-, resolvió que los consejos regionales se encuentran facultados para efectuar sesiones a través de modalidades de trabajo remoto o a distancia, ante la situación de emergencia que afecta al país por el brote de COVID-19, con el acuerdo de la mayoría absoluta de los consejeros regionales, según prescribe el artículo 38 de la ley N° 19.175″.

Luego, añaden que “el dictamen N° E142955, de 2021 -que imparte instrucciones sobre medidas extraordinarias de teletrabajo, gestión interna, sala cuna y jardín infantil, con ocasión del término del estado de excepción constitucional de catástrofe-, precisó que las jefaturas de los servicios podrán disponer el teletrabajo de su personal, en tanto se mantenga vigente la alerta sanitaria declarada por el decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, ponderando las necesidades del servicio y la situación de sus funcionarios”.

Ya a modo de conclusión, Contraloría establece que “como es posible advertir, las medidas extraordinarias de gestión interna, que los organismos públicos pueden adoptar para evitar la propagación del COVID-19, se encuentran sujetas a la vigencia de la alerta sanitaria ordenada por el mencionado acto ministerial”.

Y finalizando soñando que “en consecuencia, en lo que se refiere a la posibilidad de mantener las medidas de funcionamiento remoto precedentemente indicadas más allá de la vigencia del referido decreto supremo, cabe aclarar que ello no resulta procedente, en armonía con el reseñado dictamen N° E142955, de 2021, cuyo criterio es plenamente aplicable a los consejos regionales”.

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