CIDH: “El contexto de la emergencia no puede constituirse en un motivo para suspender procedimientos judiciales que permitan garantizar el ejercicio de los derechos”

Jun 10, 2020 | Uncategorized

Créditos Imagen : Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Declaración de la comisión dependiente de la OEA analiza lo ocurrido en la región y detectó “situaciones de interferencia en el Poder Judicial”.

Andrés López Vergara, En Estrado.

Una extensa declaración, en que alertan sobre situaciones detectadas en los países pertenecientes a la Organización de los Estados Americanos (OEA), emitió ayer la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su página web.

El llamado general del organismo es a respetar la democracia y el estado de derecho. Señalan que “la Comisión observa con preocupación que en la actualidad en países del hemisferio se verifica por parte de altas autoridades de gobierno un proceso de retroceso en la efectiva separación de los poderes estatales, así como de reducción de espacios democráticos de participación social, situaciones de interferencias en el poder judicial o su completa paralización y la toma de decisiones institucionales de gobernanza de manera concentrada y con rasgos autoritarios”.

“En el contexto de las medidas e iniciativas adoptadas para contener la pandemia, la CIDH llama a los Estados a fortalecer las instituciones democráticas bajo el enfoque de derechos humanos a fin de cumplir con las obligaciones internacionales y la Carta Democrática Interamericana”, indican.

La situación judicial en los distinto países también fue analizada, pidiendo que las medidas adoptadas no afecten los derechos de las partes y recalcan que el acceso a la justicia no puede ser limitado.

“En cuanto al acceso a la justicia, la Comisión entiende que es un pilar fundamental de la democracia que no puede verse suspendido o limitado en su ejercicio y funcionamiento. De este modo, el contexto de la emergencia no puede constituirse en un motivo para suspender procedimientos judiciales que permitan garantizar el ejercicio de los derechos y libertades, en particular aquellas acciones destinadas a controlar las actuaciones de las autoridades en dicho contexto. Es por ello que resulta fundamental asegurar la existencia de medios idóneos y flexibles para interponer los recursos que permitan el control de las disposiciones que se dicten en una situación de emergencia. Al respecto, todas las instituciones públicas deben contar con suficiente capacidad para controlar cada una de las medidas temporales de suspensión o restricción adoptadas. Asimismo, los Estados deben adoptar medidas dirigidas a proteger a los operadores de justicia garantizando el funcionamiento de los servicios”, señalan.

Acceso a la información

Otro de las situaciones detectas fue la que afectó a la prensa y el acceso a la información. “La CIDH también documentó situaciones de estigmatización de la prensa derivadas de su rol en la cobertura de la pandemia por parte de distintas autoridades, que inclusive establecieron restricciones desproporcionadas al acceso a la información, así como a la circulación de información en Internet”.

Explican que si bien la desinformación es un fenómeno problemático para situaciones como las que enfrentan los estados, “la criminalización penal de las personas que usan las redes sociales no es una respuesta adecuada”.

“Los Estados y las personas funcionarias públicas deben abstenerse de socavar el rol de la prensa en sus pronunciamientos, no hostigar a quienes difunden informaciones o críticas al gobierno y fortalecer los mecanismos de acceso a la información pública durante la pandemia”, estipulan en el comunicado.

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