Carabineros llegaron a una de las casas, pero no salió nadie y sólo dejó la multa por escrito: Intendencia de Valparaíso amplía querella por fiestas en Zapallar tras nuevos antecedentes

Ene 13, 2021 | Actualidad

Créditos Imagen : Munizapallar.cl

Andrés López Vergara, En Estrado.

“Que con fecha 03 de enero de 2021, alrededor de las 2:10 horas, tras reiterados llamados de vecinos del sector a la 1° Comisaría de La Ligua, Retén Cachagua, señalando que en el domicilio ubicado en sector Cachagua, comuna de Zapallar, se mantenían constantes ruidos molestos consistente en música a alto volumen, en razón de lo anterior es que personal de turno concurre hasta dicho domicilio, llamando en reiteradas oportunidades, con la finalidad de entrevistarse con el propietario del mismo, no obteniendo respuesta alguna, por lo que se procede a infraccionar a por escrito mediante la boleta de citación N° 00612”.

Ese es uno de los hechos contenidos en la ampliación de querella que presentó el intendente de Valparaíso, Jorge Martínez, en contra uno de los habitantes de unos de los inmuebles controlados y contra quienes resulten responsables.

El segundo hecho ocurrió dos días más tarde: “Que con fecha 05 de enero de 2021, el Inspector Municipal, alrededor de las 0:45 horas, quién a raíz de denuncias de vecinos del sector a raíz de fiestas y música a alto volumen, se constituye en el domicilio ubicado en el Sector Laguna de Zapallar, comuna de Zapalla en donde se entrevista con el dueño del inmueble, a quién se le entregó citación N° 99 para el Juzgado de Policía Local de Zapallar”.

“Los hechos anteriormente descritos, si bien en principio ameritaron sólo citaciones al Juzgado de Policía Local, en concepto de esta querellante dichas infracciones también configuran el ilícito de carácter penal que se invoca, toda vez que aquella negligencia y desidia en la aplicación de las medidas sanitarias configuran el tipo penal que se invoca en el presente escrito, toda vez que en nuestro concepto tiene el mismo efecto que una fiesta clandestina: No hay respeto por la distancia social, el uso de mascarillas y el funcionamiento en contravención a las normas sanitarias, Lo anterior en nuestro concepto configura el delito tipificado en el artículo 318 Del Código Penal”, agrega la querella.

“En efecto, los hechos relatados se subsumen en la conducta típica por el art. 318, pues los sujetos individualizados han infraccionado las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad de salud, en el presente caso asistiendo a un espectáculo o celebración prohibido por la autoridad sanitaria. Se hace presente que al individuo que haya
la realizado la convocatoria para cometer los hechos típicos antes descritos deberá aplicársele la agravante especial, conforme al inciso segundo de la norma trascrita”, plantea la acción judicial.

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