“Adviértase al público que no debe pagar ni entregar mercaderías al deudor, bajo pena de nulidad de los pagos y entregas”: juzgado acepta liquidación voluntaria de Pastelerías Cory Limitada

Ago 2, 2021 | Actualidad

En Estrado.

El Primer Juzgado Civil de Santiago acogió la solicitud de liquidación voluntaria presentada por la empresa Administradora de Pastelerías Cory Limitada.

El Poder Judicial informó que en la resolución, la magistrada Isabel Margarita Zúñiga Alvayay fijó para las 08:30 horas del 14 de septiembre próximo, la junta constitutiva de acreedores de la empresa, designando como liquidador titular a José Alfredo Rojas García y como liquidadora suplente Alejandra Teresa Massis Valencia, ambos en carácter provisional.

“El Liquidador antes designado deberá proceder a la incautación bajo inventario de todos los bienes del deudor, sus libros y documentos. Para este objeto se le prestará por Carabineros, el auxilio de la fuerza pública, con la sola exhibición de la copia autorizada de la presente Resolución de Liquidación que contiene firma electrónica avanzada y cuya validez puede ser verificada a través del portal web del poder judicial www.pjud.cl”, consigna la resolución.

Asimismo, se dispuso oficiar “(…) a las oficinas de la empresa de Correos de Chile y a Telex Chile S.A. para que le entreguen a la Liquidadora designada, la correspondencia y despachos telegráficos, cuyo destinatario sea el deudor”, además de “(…) los Tribunales de la República a fin de que remitan al presente procedimiento concursal de liquidación todos los juicios pendientes contra el deudor que puedan afectar sus bienes, salvo las excepciones legales, para efectos de proceder a su acumulación”.

“Adviértase al público que no debe pagar ni entregar mercaderías al deudor, bajo pena de nulidad de los pagos y entregas. Las personas que tengan bienes o documentos pertenecientes al deudor deberán ponerlos dentro de tercero día a disposición de la Liquidadora.

Hágase saber a todos los acreedores residentes en el territorio de la República que tienen el plazo de treinta días contado desde la fecha de la publicación de la resolución de liquidación, para que se presenten con los documentos justificativos de sus créditos bajo apercibimiento de ser afectados por los resultados del juicio sin nueva citación.
Notifíquese por el medio más expedito posible, la Resolución de Liquidación a los acreedores que se hallen fuera del territorio de la República”, detalla la resolución.

 

RESOL+LIQUIDACION+CORY

| LO MAS LEIDO