Acogió parcialmente amparo: Consejo para la Transparencia establece que el comandante en jefe del Ejército debe informar sobre medidas ha instaurado en cumplimiento del Plan Nacional de DD.HH.

Oct 29, 2021 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado.

El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió parcialmente un amparo y estableció que el comandante en jefe del Ejército, general Ricardo Martínez, deberá responder a una solicitud de acceso a la información que buscaba obtener antecedentes sobre las medidas que ha tomado la institución para resguardar los DD.HH. de los ciudadanos.

La solicitud fue presentada por el abogado de Derechos Humanos, Cristián Cruz, en la que solicitaba entre otras cosas: a) Se indique expresamente las medidas, para el respeto irrestricto a los derechos humanos de los ciudadanos, tomadas por la institución, ordenadas o dispuestas por el comandante en jefe que indica, desde el 1 de octubre al día de hoy. Ordenar por fecha, desde que han sido dictadas o al menos publicadas, identificado el documento (número y fecha) por medio del cual se ordenaron o dictaron estas; b) Se le informe, por fecha, las medidas y actos adoptados por el Comandante en Jefe que indica, en cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos”.

También realizó otras solicitudes referentes a las subrogaciones del comandante en jefe durante 2020, si el general Martínez visitó a oficiales en retiro o activos que estaban en prisión preventiva, identificando sus nombres; y “requiere que se le informen las medidas adoptadas por Comandante en Jefe que indica para impedir el contacto e intercambio entre el Ejército de Chile y el de Colombia, o se le indique si no es un parámetro la violación a los derechos humanos para tener relaciones y contactos con ejércitos de otros países”.

El fallo  

Tras analizar el requerimiento, el CPLT resolvió acoger parcialmente el amparo.

“Requerir al Sr. comandante en Jefe del Ejército de Chile, lo siguiente: Entregue al reclamante la siguiente información: i) las medidas para el respeto irrestricto a los derechos humanos de los ciudadanos, tomadas por la Institución, ordenadas o dispuestas por el Comandante en Jefe que indica, desde el 1 de octubre a la fecha de la solicitud de acceso. Lo anterior, ordenadas por fecha, desde que han sido dictadas o al menos publicadas, identificado el documento (número y fecha) por medio del cual se ordenaron o dictaron estas”.

Agregaron que “ii) Informe, por fecha, las medidas y actos adoptados por el comandante en Jefe que indica, en cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos”.

Respecto de las otras dos peticiones, estas fueron rechazadas. Así, el general Martínez tiene 5 días para responder cuando el fallo quede ejecutoriado, pero aún queda una instancia en que la Corte de Apelaciones puede confirmar o rechazar lo resuelto por el CPLT.

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