Carlos Pereira Jadue, socio de Pereira Jano Abogados, agregó que actualmente se tramita en la Corte de Apelaciones un recurso de ilegalidad municipal basado en un informe del Fiscal Judicial Jorge Norambuena Carrillo, quien concluyó que las obras ejecutadas no requieren permiso de edificación previo.
“El fallo de la Corte Suprema no se pronunció sobre la legalidad de la paralización: afirmar lo contrario es falso” dijo el abogado del Club Palestino, Carlos Pereira Jadue, luego que se conociera la resolución del máximo tribunal que el pasado 11 de febrero ordenó la paralización de los trabajos de reubicación interna de algunas de las canchas deportivas del estadio que colindaban con el exterior del recinto.
“La interpretación es errónea, toda vez que ésta no se pronuncia respecto de la legalidad de la resolución que ordena la paralización de las obras decretada por la Dirección de Obras Municipales (DOM). Este fallo de la Corte Suprema no ha resulto sobre la legalidad de la resolución de paralización y es gravísimo que la Ilustre Municipalidad de Las Condes pretenda hacer creer lo contrario. Lo único que resolvió el máximo tribunal es que la resolución de paralización no vulnera el Artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, que resguarda el derecho a desarrollar actividades económicas lícitas. Pero eso no significa que la paralización no sea de todos modos ilegal, ni que se vean vulneradas otras normas constitucionales y/o legales, que es lo que aún se está conociendo en los tribunales de justicia en las vías correspondientes”, aclaró el abogado.
Pereira enfatizó que el recurso de amparo económico no es un procedimiento contencioso ni una instancia donde se analice el fondo de la legalidad de los actos administrativos. “Es una acción de emergencia, cuyo objeto es exclusivamente verificar si existe una vulneración al derecho a desarrollar una actividad económica. La Corte Suprema no resolvió que la paralización fuera legal, ni que no vulnerara el derecho de propiedad o el debido proceso, ni mucho menos que se ajustara a derecho. Simplemente estableció que la resolución, en sí misma, no constituía una vulneración de la garantía reconocida en el Artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República”, dijo.
Y agregó que “la discusión sobre la legalidad de la paralización de las obras, aún sigue pendiente. Es más, el Fiscal Judicial en causa de reclamo de ilegalidad que está siendo conocida en la Corte de Apelaciones de Santiago, ya se pronunció en contra de la Municipalidad de Las Condes, sugiriendo acoger dicho Reclamo interpuesto por el Club Palestino, al concluir que la paralización es ilegal, ya que las obras ejecutadas no requieren permiso de edificación previo”.
“El Fiscal Judicial fue claro en su análisis: las canchas deportivas no son edificaciones ni obras de urbanización, sino áreas libres, por lo que la paralización de la Dirección de Obras Municipales carece de fundamento legal. El propio informe del Fiscal establece que las obras que se estaban ejecutando en el Club Palestino son meros trabajos de mantención en espacios comunes y áreas verdes, expresamente excluidos de la obligación de obtener permiso municipal. Recordemos que estas canchas así fueron recibidas y declaradas por la municipalidad por casi medio siglo”, explicó Pereira.
Además, insiste el abogado, “el informe señala que la Municipalidad de Las Condes ha aplicado de manera errónea la normativa urbanística, exigiendo permisos donde la ley expresamente establece que estos no son necesarios”. “Este es el verdadero debate de fondo y será en los otros juicios donde se resolverá la ilegalidad del actuar municipal”, reiteró.
“Intento desesperado de la Municipalidad por justificar un acto ilegal”
Carlos Pereira también afirmó que el Municipio en cuestión “está tratando de distorsionar la realidad y presentar un fallo que no resuelve la legalidad de la paralización, como si fuera un respaldo a su actuar. Lo que estamos viendo es un intento desesperado de la Municipalidad de Las Condes por maquillar la ilegalidad de su actuar, tratando de instalar en la opinión pública que la Corte Suprema avaló su decisión, cuando en realidad no resolvió acerca de la legalidad de la resolución de paralización”, sostuvo.
En la misma línea, el jurista aseveró que “incluso si se tomaran en cuenta los considerandos del fallo, aquello sólo se trataría de reflexiones de los jueces en un contexto que no es contencioso y que no impiden que la ilegalidad de la resolución sea declarada en los otros procedimientos judiciales en curso”.
“Pretender que un comentario contenido en un fallo sobre Amparo Económico equivale a una declaración definitiva de legalidad, es una falacia y una distorsión jurídica inaceptable”, dijo categórico.
Finalmente, Pereira anunció que el Club Palestino continuará ejerciendo todas las acciones legales necesarias para que se respeten los derechos del Club e impedir el abuso de la autoridad. “Esta discusión aún no ha terminado”, insistió.
Y puntualizó: “Lo verdaderamente grave es que la Municipalidad de Las Condes, en su continuidad de abusos sistemáticos contra el Club Palestino, sigue utilizando su poder de forma arbitraria y distorsionando la realidad. Esto es parte del mismo patrón de abuso de autoridad que ya hemos denunciado y accionado penalmente por los hechos que revisten el carácter de delito, como prevaricación y falsificación de instrumentos públicos, entre otros de igual gravedad. Así también nos hemos querellado por la manipulación de sus informes de inspección, que son precisamente el antecedente fundante de la cuestionada orden de paralización de las obras”.
“En nuestra opinión, la Municipalidad de Las Condes solo busca presionar al Club Palestino para que le ceda terrenos, y como el Club Palestino se ha negado, ha respondido con este abuso escandaloso. Esto no es una coincidencia, consideramos que es una represalia, y no permitiremos que se consume”, concluyó.