El abogado Carlos Quezada interpuso un incidente de nulidad procesal acusando la vulneración del orden legal de votación establecido en el Código Orgánico de Tribunales tras la exclusión del ministro suplente Roberto Contreras. La ofensiva se suma a las denuncias por filtraciones de prensa y a la demanda por tutela laboral dictada por el titular del Séptimo Juzgado de Garantía.
El juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia, abrió un nuevo capítulo en la pugna que sostiene con las cúpulas del Poder Judicial. A través de su representación técnica, el magistrado solicitó al Pleno de la Corte Suprema declarar la nulidad procesal de la votación efectuada el pasado 19 de octubre en el marco del cuaderno de remoción abierto en su contra. La acción busca dejar sin efecto tanto el acuerdo adoptado por los supremos como la vista de la causa, requiriendo repetir el procedimiento ante un tribunal no inhabilitado.
El requerimiento, formalizado por el abogado Carlos Quezada Orozco, cuestiona el procedimiento utilizado por el máximo tribunal para evaluar la permanencia de Urrutia, a quien se investigó por viajar al extranjero mientras permanecía con licencia médica psiquiátrica. El hito ocurre en momentos en que la resolución final sobre su salida se encuentra congelada a la espera del retorno del ministro suplente Roberto Contreras, quien se encontraba de vacaciones al momento de la deliberación.
El orden de los sufragios
El eje central de la impugnación radica en la presunta infracción al artículo 84 del Código Orgánico de Tribunales, precepto que mandata que en los órganos colegiados debe votar en primer lugar el ministro de menor antigüedad, seguido por el resto en orden inverso hasta cerrar con la presidencia. Según la defensa de Urrutia, la Suprema procedió a tomar el voto de la totalidad de los ministros titulares, incluida la presidenta Gloria Ana Chevesich, dejando únicamente pendiente el pronunciamiento del ministro suplente Contreras.
Al tratarse de un integrante suplente, la normativa exigía que Contreras emitiera su pronunciamiento al inicio del proceso y no al cierre de la deliberación. A dicho cuestionamiento se sumó la denuncia por filtraciones a medios de prensa sobre el resultado de la votación de la sala, donde trascendió que se habrían reunido los sufragios necesarios para concretar la remoción, lo que a juicio de la defensa constituye una eventual violación de secreto que debe ser investigada por la Fiscalía Judicial y el Ministerio Público.
En el escrito, el jurista Carlos Quezada calificó el proceso como “desprolijo, absolutamente enturbiado”, recordando además que Urrutia arribó a esta instancia habiendo sido previamente absuelto en el sumario administrativo instruido por el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago. No obstante dicho pronunciamiento favorable, el máximo tribunal optó por abrir de oficio el cuaderno de remoción en ejercicio de sus atribuciones de control institucional.
La postura de la Suprema
La controversia procesal colisiona con las explicaciones entregadas públicamente por la presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, quien tras congelar la comunicación del fallo hasta fines de octubre precisó que la norma que fija el orden de votación “no siempre se aplica” y que en la práctica interna “es común que los ministros manifiesten su opinión durante la relación o antes de la votación”.
No obstante, en el foro jurídico la discusión se trasladó al alcance que tendrá la regla de la trascendencia procesal. Al ser consultado sobre la viabilidad del recurso, el abogado Juan Carlos Manríquez explicó a La Tercera, que el Pleno deberá dirimir si la omisión formal alteró sustancialmente el resultado, considerando que para aprobar la expulsión de un magistrado se requiere un quórum calificado de al menos 11 votos. De ponderarse que el vicio no modificó la correlación de posturas, el máximo tribunal podría ratificar lo actuado una vez que se incorpore el voto pendiente.
Esta arremetida de la defensa de Urrutia se inserta en una estrategia procesal más amplia contra el Poder Judicial, la que incluye una demanda por tutela laboral interpuesta ante la Corporación Administrativa del Poder Judicial en la que el juez exige $77,4 millones por vulneración de derechos fundamentales. El escenario coincide además con la reciente decisión del Tribunal Constitucional de acoger a tramitación el requerimiento de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados, acción que busca objetar precisamente los estándares de debido proceso aplicados por la Corte Suprema en la apertura de los cuadernos de remoción por licencias médicas.




