El audio que hundió a cuatro excarabineros condenados por golpiza a un detenido en Alto Hospicio

Ago 24, 2026 | Sentencias

Un veredicto unánime del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique declaró culpables a los cuatro exfuncionarios que materializaron las agresiones y el uso de gas pimienta contra un detenido en julio de 2023. La resolución cierra el flanco judicial de un caso emblemático de violencia institucional en la Tercera Comisaría de la comuna, el cual se desmoronó tras revelarse audios del mando policial afirmando que estas prácticas estaban en su “ADN”.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique dictó veredicto condenatorio contra cuatro exfuncionarios de Carabineros en calidad de coautores del delito de apremios ilegítimos. El fallo judicial, alcanzado de manera unánime tras 11 jornadas de juicio oral, acredita la participación de los exuniformados en la golpiza y el uso de gas de seguridad contra un ciudadano chileno de 40 años que permanecía bajo custodia en los calabozos de la Tercera Comisaría de Alto Hospicio.

La resolución del tribunal iquiqueño representa la clausura procesal para un caso de alta connotación penal en la Región de Tarapacá. Con esta determinación, el total de condenados por el incidente asciende a seis exmiembros de la institución, luego de que las jefaturas de la unidad policial aceptaran su responsabilidad penal a comienzos de año en un procedimiento abreviado. El tribunal fijó la lectura definitiva de las sentencias para el próximo 3 de septiembre.

El origen de la agresión en los calabozos

Los hechos acreditados en el estrado se remontan al 19 de julio de 2023. En esa jornada, la víctima fue ingresada a la unidad policial de Alto Hospicio tras ser detenida por el supuesto delito de violación de morada junto a otras dos personas. Las complicaciones comenzaron cuando el afectado rechazó firmar el acta de salud protocolar y se negó a concurrir a un centro asistencial para la constatación de lesiones de rigor.

Ante esta situación, la entonces jefa de la Sección de Investigación Policial (SIP) de la comuna, la oficial Rocío Brito Tobar, reportó la conducta del detenido al comisario de la unidad, Jorge Carrasco Pujol. La respuesta del mando fue ordenar de inmediato el traslado del imputado hacia una celda apartada y bajo condiciones específicas: apagar las luces y desviar las cámaras de vigilancia del recinto.

Fue en ese calabozo aislado donde los cuatro exfuncionarios ahora condenados ejecutaron la orden. Utilizando golpes de puño y rociando de manera directa gas pimienta al interior de la celda, los efectivos provocaron lesiones calificadas como de carácter menos grave en la víctima. Todo esto ocurrió bajo la mirada de la jefa de la SIP, quien observó la agresión en el lugar profiriendo insultos contra el detenido.

Los audios que derribaron el intento de encubrimiento

Una vez puesto en libertad, el afectado concurrió a la misma Tercera Comisaría de Alto Hospicio para estampar la denuncia formal por las agresiones. El hecho activó una serie de maniobras de encubrimiento por parte del comisario Carrasco Pujol y la oficial Brito Tobar, quienes retiraron físicamente el sistema de grabación digital (DVR) de las cámaras de seguridad, modificaron la redacción del parte policial que se remitió al Ministerio Público y coordinaron las versiones de los subalternos ante la inminente investigación administrativa y penal.

Sin embargo, el temor de los funcionarios subalternos a verse involucrados penalmente terminó por fracturar el pacto de silencio. Preocupados por los interrogatorios, los efectivos decidieron grabar de manera reservada los diálogos que mantenían con su superior. En esos registros de audio, que posteriormente fueron incautados y presentados como prueba principal por la fiscalía, se escucha al excomisario Carrasco intentar justificar la golpiza bajo la lógica de antiguas dinámicas policiales.

“Yo soy de los pacos viejos, que antes las hacíamos todas (…). Todos los pacos lo hacíamos en los cuarteles. Las cámaras las dábamos vuelta porque no eran esas hueás redondas, eran esas hueás fijas”, expresaba Carrasco en las conversaciones con su personal, según  publicó radio  Biobío en enero de este año.  El comisario  intentaba  convencerlos de que las pruebas ya habían sido borradas y que debían guardar estricto silencio ante los investigadores. En otra de las escuchas telefónicas, el excomisario admitía con naturalidad la violencia institucional: “Las cámaras las dábamos vuelta y les sacábamos la chucha en los cuarteles a los detenidos (…). Es una hueá que está en mi ADN, por eso te digo que al final no era algo del otro mundo, pero para estos tiempos yo la cagué”.

Resoluciones diferentes

La contundencia de las grabaciones y el trabajo coordinado de la Fiscalía Local de Alto Hospicio junto a la Sección de Asuntos Internos de Carabineros (SAICAR), la Brigada de Homicidios de la PDI y el Servicio Médico Legal (SML) forzaron un quiebre en las estrategias de defensa de los involucrados.

El 15 de enero de 2026, el Juzgado de Garantía de Alto Hospicio validó un procedimiento abreviado donde el excomisario Jorge Carrasco Pujol y la exjefa de la SIP Rocío Brito Tobar aceptaron su responsabilidad penal. Ambos fueron condenados a penas que superaron los tres años de presidio por los delitos de apremios ilegítimos, obstrucción a la investigación y falsificación de instrumento público. No obstante, al cumplir con los requisitos legales y no registrar antecedentes previos, el tribunal les concedió el beneficio de la libertad vigilada intensiva.

Por su parte, los cuatro carabineros que ejecutaron materialmente los apremios ilegítimos rechazaron la opción del juicio abreviado y optaron por someterse al juicio oral que acaba de concluir en Iquique. La fiscal subrogante María Jesús Quinteros valoró la relevancia de las pericias científicas presentadas en el juicio, las cuales permitieron determinar con precisión la autoría de cada uno de los acusados más allá de toda duda razonable. El próximo 3 de septiembre, el estrado iquiqueño dará a conocer el quantum exacto de las penas corporales y las accesorias de inhabilitación que deberán purgar los ahora condenados.

 

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