El desglose de la condena a15 años de cárcel para el exalcalde Juan Carlos Reinao por delitos sexuales

Ago 7, 2026 | Sentencias

 En un fallo que consideró el aprovechamiento de su cargo público, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete condenó a la exautoridad de Renaico por estupro reiterado, abuso sexual y un aborto cometido contra dos de sus víctimas. Pese a la alta penalidad, el tribunal acogió una media prescripción en dos de los ilícitos, mientras que el exjefe comunal fue absuelto del cargo de violación.

El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete puso término este viernes a uno de los procesos judiciales más emblemáticos del último tiempo en la Región del Bío Bío. Tras un juicio que expuso una trama de abusos y poder, la instancia condenó a 15 años de cárcel efectiva al exalcalde de Renaico, Juan Carlos Reinao, tras acreditarse su responsabilidad en tres delitos de connotación sexual cometidos entre los años 2006 y 2020.

La sentencia, leída por el magistrado Marcos Pincheira, impuso a la exautoridad una pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de estupro en calidad de reiterado. A esto se sumaron 818 días por abuso sexual a una persona mayor de 14 años y otros 300 días de presidio por el delito de aborto. No obstante, el tribunal determinó que Reinao deberá cumplir un saldo menor de tiempo en prisión, ya que se le abonarán los 999 días (casi tres años) que ha permanecido bajo la medida cautelar de prisión preventiva desde noviembre de 2023.

El factor del cargo público y la “media prescripción”

Uno de los puntos centrales del veredicto fue la vinculación de los ataques con la posición de poder que ostentaba el condenado. El juez Pincheira fue enfático al señalar que Reinao cometió los ilícitos “en el periodo en que servía como alcalde de la comuna de Renaico y en el contexto del ejercicio de su cargo”. Según los antecedentes expuestos en el juicio, el exalcalde se aprovechó de su jerarquía para afectar a cinco víctimas —dos de las cuales eran adolescentes en la época de los hechos— en las comunas de Tirúa, Contulmo, Renaico, Santiago y Negrete.

A pesar de la gravedad de los hechos, las penas por abuso sexual y aborto no fueron mayores debido a una estrategia de la defensa que fue acogida por el tribunal. El juez confirmó que se aplicó la “media prescripción, toda vez que, según se acreditó en el juicio, respecto de estos dos últimos delitos, la formalización de la investigación del acusado se concretó habiendo transcurrido más de la mitad del tiempo que establece la ley para la persecución de estos ilícitos”.

Absolución y arista civil

Si bien la Fiscalía y los querellantes buscaban condenas por todas las imputaciones, el tribunal desestimó el cargo de violación en uno de los casos presentados, al considerar que no se logró acreditar el delito con el estándar probatorio requerido, por lo que Reinao fue absuelto de dicha acusación.

En el ámbito civil, el fallo también significó un golpe patrimonial para la exautoridad. El tribunal acogió una demanda civil interpuesta por una de las víctimas, ordenando a Juan Carlos Reinao el pago de una indemnización de 10 millones de pesos por concepto de daño moral.

Con esta sentencia, Reinao —quien se encuentra recluido desde que se entregara tras permanecer brevemente prófugo a fines de 2023— deberá completar su condena de forma efectiva, marcando un precedente en la persecución de delitos sexuales cometidos por autoridades en el ejercicio de sus funciones. De acuerdo con el cómputo de abonos, el exalcalde pasará los próximos 12 años tras las rejas antes de recuperar su libertad.

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