La estrategia de Sergio Jadue para ser sobreseído en Chile: Fiscalía y expertos difieren sobre la prescripción

Jul 27, 2026 | Actualidad

 

Este martes 28 de julio, el 13° Juzgado de Garantía de Santiago decidirá si extingue la acción penal contra el otrora mandamás de la ANFP. Mientras el Ministerio Público intenta salvar la causa fijando el inicio de la prescripción en 2017, expertos penalistas advierten que la interpretación de los artículos 95 y 96 del Código Penal favorecería el sobreseimiento definitivo del calerano.

La permanencia de más de una década de Sergio Jadue Jadue en Miami, bajo el rótulo de testigo protegido del FBI, ha terminado por transformarse en su principal activo jurídico en Chile. Tras una postergación solicitada por la complejidad de los antecedentes, el tribunal capitalino resolverá finalmente si los delitos que gatillaron la caída del dirigente en 2015 han pasado a la historia procesal por el mero transcurso del tiempo.

El debate no es sobre la inocencia o culpabilidad de Jadue en el esquema del FIFA Gate, sino sobre la vigencia de la facultad del Estado para perseguirlo. En Chile, el Ministerio Público lo formalizó en ausencia por una tríada de ilícitos: delitos tributarios ,tras una querella del SII por declaraciones maliciosamente falsas o incompletas, apropiación indebida de fondos pertenecientes a la asociación y administración desleal.

La tesis de la Fiscalía: El hito de la extradición

La estrategia del ente persecutor para mantener viva la causa se apoya en una interpretación restrictiva del calendario judicial. El fiscal Marco Antonio Paredes sostiene que el plazo de diez años (propio de los crímenes) no ha expirado, pues el conteo debe iniciarse con el último acto procesal relevante que activó la persecución.

De acuerdo con Radio Bío Bío, el fiscal argumentó que “la última resolución aquí activa de nuestra parte fue cuando se formalizó en ausencia para poder solicitar la extradición a Estados Unidos, el 26 de enero de 2017”. Bajo esa lógica, el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos proyectan que la prescripción recién se configuraría en enero de 2027, lo que facultaría al tribunal a rechazar el sobreseimiento solicitado por la defensa.

El contraataque académico: “El reloj corre desde el delito”

Sin embargo,  en el ámbito del Derecho Penal y la defensa privada  cuestionan el sustento jurídico de la Fiscalía, apuntando a un error en la aplicación del Código Penal. El penalista  Juan Carlos Manríquez, explicó a T13 que el punto central radica en que la ley no condiciona el inicio del tiempo a la situación de rebeldía del imputado.

“El artículo 95 del Código Penal no exige como requisito, para comenzar a contar el tiempo de prescripción, que una persona haya sido declarada rebelde cuando no ha podido ser formalizada”, señaló Manríquez, añadiendo que, incluso sumando el periodo de suspensión de tres años que contempla la normativa, el plazo fatal se cumplió este mes. “Entonces los diez años se habrían cumplido en julio de 2026 y, por ende, podría resultar sobreseído”, precisó..

En la misma línea, el profesor de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales, Agustín Walker, subrayó la claridad del texto legal. “La prescripción de la acción penal empieza a contarse desde el momento en que se comete el delito”, sostuvo Walker, advirtiendo que la inacción investigativa juega en contra del Estado. Para el experto, el artículo 96 es taxativo: el plazo sigue corriendo si la investigación se paraliza por tres años, circunstancia que la defensa de Jadue ha esgrimido con fuerza ante el tribunal.

Walker remató su análisis señalando que “si las penas previstas por el legislador para los delitos que está persiguiendo la Fiscalía son de simple delito, es decir, inferiores a cinco años, entonces efectivamente esas acciones penales estarían prescritas”.

El escenario del martes

Mientras en Estados Unidos la sentencia de Jadue ha sido postergada en 16 ocasiones, en Chile el reloj biológico de la causa parece haberse detenido en la sede de Quilín hace mucho tiempo. El magistrado del 13° Juzgado de Garantía deberá zanjar si el hito de la formalización en ausencia de 2017 tiene la fuerza legal para interrumpir la prescripción o si, como advierten los expertos, el Estado perdió la carrera contra el tiempo por no haber logrado traer al exdirigente a suelo nacional en la última década.

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