El 7º Juzgado de Garantía de Santiago notificó la sentencia definitiva contra el exministro Juan Antonio Poblete y el general de Ejército (R) Schafik Nazal. El fallo revela la trama de ocultamiento en el departamento del magistrado, donde se hallaron armas y un temporizador para simular presencia. La sentencia le impone además una capacitación obligatoria en libertades fundamentales como garantía de no repetición.
El 7º Juzgado de Garantía de Santiago formalizó este jueves la sentencia contra el expresidente de la Corte de Apelaciones de Copiapó, Juan Antonio Poblete, y el exjefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Schafik Nazal, tras el reconocimiento de los hechos que dieron cuerpo a la “Operación Topógrafo”. Ambos fueron condenados a cinco años de presidio en calidad de autores de infracciones reiteradas a la Ley General de Telecomunicaciones y falsedad ideológica. Concretamente por espiar las actividades del periodista Mauricio Weibel, quien investigó el caso de fraude en el Ejército, denominado “milicogate”
La trama, que salió a la luz pública mediante una investigación periodística de Ciper, permitió acreditar que los sentenciados “burlaron dolosamente las exigencias legales” para interceptar teléfonos de periodistas y militares que denunciaban corrupción. Sin embargo, la lectura del fallo entregó detalles inéditos sobre el nivel de clandestinidad con el que operaba Poblete.
El búnker de Copiapó y el “timer” de velador
El registro judicial del domicilio de Poblete, ubicado en calle Los Carreras de la ciudad en la Región de Atacama, reveló un escenario de alta seguridad y ocultamiento. Al ingresar al inmueble, el personal policial, según detalla la sentencia, observó que la habitación principal “mantenía ventanas tapadas con cartón”.
Sobre la cama del magistrado se encontraron “chips de telefonía celular rotos”, mientras que en su velador operaba un “’timer’ temporizador conectado con la lámpara (…) programado para encenderse alrededor de las 19:00 horas”, presuntamente para simular que el departamento estaba habitado mientras el juez se encontraba en Santiago.
En la inspección se incautaron armas, específicamente una pistola Sig Sauer 9mm, una pistola Famae y un revólver italiano, junto a 140 municiones y cartuchos de fogueo. Además de armas, el magistrado custodiaba en cajas de cartón abundante “documentación secreta del Ejército de Chile, de Policía de Investigaciones de Chile y de Carabineros”, junto a ropa táctica y chalecos antibalas. Entre los dispositivos electrónicos destacados figura un disco duro de 2 TB con un “sticker del Poder Judicial” y un bolso con 13 pendrives.
Espionaje bajo “licitud aparente”
La sentencia detalla cómo Nazal y Poblete crearon una “licitud solo aparente” para realizar las escuchas. El general Nazal solicitaba las interceptaciones usando nombres de ciudadanas bolivianas inexistentes, como Martha Condori Aruquipa, argumentando supuestas amenazas de agentes extranjeros a la seguridad nacional. No obstante, los números pertenecían en realidad a blancos internos del Ejército y al periodista Mauricio Weibel, quienes simplemente habían denunciado irregularidades.
El tribunal calificó este actuar como una “falta grosera a la verdad en hechos sustanciales”, determinando que las víctimas “en modo alguno ponían en riesgo la seguridad nacional” y que las finalidades de las escuchas eran “ajenas a la ley –por lo tanto, ilícitas”.
Clases de Derechos Humanos en libertad
Pese a la gravedad de los delitos, ambos cumplirán la pena de cinco años bajo el régimen de libertad vigilada intensiva, debido a su irreprochable conducta anterior y la aceptación de los hechos. Sin embargo, el juez Freddy Cubillos acogió la solicitud de los querellantes y estableció una condición inédita como garantía de no repetición.
La sentencia impone a Poblete y Nazal la “obligación de realizar un curso sobre el aprendizaje respecto y promoción de los Derechos Humanos”. Este programa formativo busca que los condenados comprendan los estándares de libertad de expresión y pensamiento que vulneraron al espiar a denunciantes y prensa. De no cumplir con este plan o incurrir en nuevas faltas, el beneficio será revocado, debiendo cumplir la pena efectiva en un recinto penal.




