El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago dictó un veredicto condenatorio contra Juan Manuel Poblete y Schafik Nazal, tras acreditarse la interceptación ilícita de teléfonos de periodistas y militares que denunciaban corrupción. Los sentenciados, que reconocieron los cargos, cumplirán su pena bajo el régimen de libertad vigilada intensiva.
El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago condenó al expresidente de la Corte de Apelaciones de Copiapó, Juan Manuel Poblete, y al exdirector de Inteligencia del Ejército, Schafik Nazal, por su responsabilidad en el montaje de una red de espionaje ilegal ejecutada en 2017. La operación, conocida como “Topógrafo”, tuvo como blanco principal a personas que investigaban tramas de corrupción militar, como el periodista Mauricio Weibel ,quien destapó el caso “Milicogate”, y el capitán (R) del Ejército, Rafael Harvey.
De acuerdo con la información difundida originalmente por CIPER, la fiscalía logró acreditar que ambos acusados utilizaron métodos fraudulentos para obtener autorizaciones judiciales de interceptación telefónica. En el caso del periodista Weibel, el juez Poblete y el general Nazal consignaron su número real pero adulteraron su identidad en los documentos, indicando el nombre de una ciudadana boliviana a quien “acusaron falsamente de ser una agente extranjera” para justificar el monitoreo de sus comunicaciones por razones de seguridad nacional.
Acuerdo procesal y cumplimiento de la pena
Tras aceptar los hechos imputados por el Ministerio Público, Nazal y Poblete alcanzaron un acuerdo que les permitió evitar las penas de 20 años de presidio que solicitaba inicialmente la fiscalía. En su lugar, el tribunal les impuso una condena de cinco años de presidio, la cual, debido a los beneficios procesales y al reconocimiento de los cargos, cumplirán bajo el régimen de libertad vigilada intensiva. Esto implica que los sentenciados no ingresarán a un recinto penal, sino que estarán sujetos a control administrativo, sumado a la “pérdida de derechos políticos a perpetuidad”.
Al cierre de la audiencia, la fiscal de Alta Complejidad, Ximena Chong, valoró el resultado señalando que “se trata de una salida satisfactoria. Era importante poder consolidar una resolución condenatoria. Se ponderaron los intereses tanto de las víctimas como los intereses persecutorios del Ministerio Público”.
Por su parte, el querellante Mauricio Weibel destacó que este fallo “marca un precedente de máxima importancia para la defensa de la libertad de expresión, pues constituye una señal clara de que no puede haber impunidad para quienes agreden a periodistas”. La lectura oficial de la sentencia, donde se detallarán las condiciones de la libertad vigilada, quedó fijada para este jueves 2 de julio de 2026.




