Corte Suprema ordena al Juzgado de Garantía de Concepción debatir unificación de acusaciones contra Camila Polizzi

Jun 26, 2026 | Sentencias

En un fallo de mayoría, el máximo tribunal acogió un recurso de amparo y dejó sin efecto la agrupación de las causas por estafa y delitos tributarios. La resolución establece que la discusión sobre la unión de las aristas del caso “Lencería” debe realizarse bajo control jurisdiccional durante la preparación del juicio oral programada para agosto.

La Corte Suprema intervino este viernes en la tramitación judicial de la arista “Lencería”, uno de los focos más mediáticos del denominado caso Convenios en la Región del Biobío. El máximo tribunal acogió un recurso de amparo presentado por la defensa de Camila Polizzi, ordenando que sea el Juzgado de Garantía de Concepción el que defina si corresponde unificar la causa principal con la indagatoria por delitos tributarios.

El pronunciamiento del tribunal de alzada deja sin efecto la resolución previa de la Corte de Apelaciones de Concepción, que el pasado 26 de mayo había rechazado la acción constitucional de la imputada. El nudo de la controversia radica en que el Ministerio Público procedió a agrupar ambas investigaciones el pasado 16 de marzo de 2026, una decisión que, según la Suprema, se tomó fuera de la oportunidad procesal correspondiente y restando tiempo a la defensa para el análisis de la evidencia.

Derecho a defensa y plazos procesales

La defensa de Polizzi, liderada por el abogado Juan Carlos Manríquez, sostuvo ante los tribunales que la arista por presuntos delitos tributarios se inició casi dos años después de la investigación matriz por estafa y lavado de activos. Según el jurista, juntar ambas acusaciones de manera administrativa evitaba el control del juez de garantía y perjudicaba la preparación del juicio ante la falta de antecedentes probatorios pendientes de entrega.

“Es una resolución muy importante, no solo porque se habían agrupado, contra ley vigente, acusaciones que no se refieren a los mismos hechos ni tienen las mismas pruebas, sino que además fuera de la oportunidad procesal que la ley establece”, explicó Manríquez tras conocer el veredicto. El abogado enfatizó que la medida anterior afectaba el debido proceso, “puesto que había una enorme cantidad de elementos probatorios que aún no llegan a manos de la defensa técnica en la arista penal tributaria”.

Con este fallo, la discusión técnica sobre la procedencia de llevar ambas acusaciones en un mismo proceso se trasladará a la audiencia de preparación de juicio oral, la cual se encuentra fijada para el próximo 25 de agosto de 2026. En dicha instancia, el magistrado de garantía deberá resolver si la unificación de las causas genera o no un perjuicio para la estrategia de los intervinientes antes de que el caso llegue a la instancia del tribunal oral.

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