Créditos Imagen : USACH
El artículo 22 de la Ley 21.094 permite destituir a un rector si vulnera los principios del artículo 2, entre ellos la probidad, la transparencia y la autonomía económica universitaria. En la Universidad de Santiago, el rol facilitador del subsecretario Víctor Orellana en la compra del Instituto Arcos podría configurar esa falta grave.
Equipo En Estrado
El 18 de diciembre de 2024, una sesión del Consejo Académico de la Universidad de Santiago cambió de manera inesperada. El rector Rodrigo Vidal modificó la tabla del día y, sin previo aviso, bajó a buscar al subsecretario de Educación, Víctor Orellana, quien llegó hasta la sala para exponer las ventajas de que la Usach adquiriera el Instituto Profesional Arcos, una entidad privada en crisis.
El tono fue persuasivo. Orellana habló de respaldo político, apoyo fiscal y de una oportunidad que —dijo— “otro gobierno no permitiría”. Incluso señaló en el audio registrado en el propio sitio de la Usach, señaló: “Imagino que van a tener muchas dudas, muchas preguntas, pero yo quisiera recalcar lo (que es) para el gobierno. Lo hablamos con el Nicolás (Cataldo), estamos totalmente convencidos de esta operación; yo les quiero pedir que ustedes hagan esto, tenemos que aprovechar la ventana de oportunidad que tenemos ; de verdad se los quiero pedir, que ustedes se hagan cargo de Arcos”. Pocas horas después, el consejo aprobó la compra.
Esos 42 minutos en que el subsecretario se dirigió al consejo como lo que algunos definen como “un facilitador de ventas” por un interés que aseguró provenía del gobierno, para convertir a Arcos en un organismo estatal, hoy se consideran clave para entender los posibles problemas jurídicos que enfrenta el rector Vidal, cuya situación podría derivar, en el peor escenario, en su destitución.
Autonomía económica
La razón se encuentra en la Ley 21.094 sobre Universidades del Estado, cuyo artículo 22, letra d), autoriza la remoción del rector cuando infringe las normas del artículo 2, que en su último párrafo establece: “La autonomía económica autoriza a las universidades del Estado a disponer y administrar sus recursos y bienes para el cumplimiento de su misión y de sus funciones, sin la intervención de autoridades u órganos públicos ajenos a la universidad. Con todo, el ejercicio de esta autonomía no exime a las universidades del Estado de la aplicación de las normas legales que las rijan en la materia”.
En términos simples, la ley obliga a los rectores a resguardar la autonomía universitaria y económica, evitando cualquier interferencia externa en las decisiones académicas, financieras o administrativas.
El informe jurídico elaborado por académicos y publicado en exclusiva por En Estrado sostiene que el subsecretario actuó “más como un intermediario que como un regulador”, ofreciendo apoyo financiero y presionando al Consejo Académico con plazos y promesas de respaldo estatal. Posteriormente, el Ejecutivo concretó esa ayuda mediante un decreto supremo que otorgó una garantía fiscal por $32.100 millones, firmado por el Presidente Gabriel Boric y el ministro Mario Marcel.
Los críticos sostienen que el rector permitió esa injerencia. Y si se comprueba que su actuación vulneró los principios de la ley, podría ser removido por haber quebrantado el mandato de proteger la autonomía institucional.
La Contraloría ya recibió denuncias de diputados de Chile Vamos, quienes solicitan investigar posibles irregularidades y “fines políticos” en la operación.
Por ahora, el rector Vidal continúa en funciones, aunque la universidad permanece tomada desde la tarde del 30 de septiembre por diversas razones, entre ellas la falta de transparencia en la solicitud del préstamo para la compra del instituto. Y hoy, más allá del monto del crédito o de los objetivos que motivaron la firma del decreto, lo que está en juego es si el rector permitió que la Usach actuara como una universidad autónoma o como una institución que facilitó la intervención de una autoridad de gobierno.