Corte de Valparaíso acoge amparo y ordena internación inmediata de imputado por femicidio frustrado en hospital siquiátrico

Jul 14, 2022 | Actualidad

El tribunal de alzada porteño acogió el recurso de amparo presentado por la defensa.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo presentado por la defensa y ordenó al Hospital Psiquiátrico de Putaendo dar cumplimiento en el plazo máximo de 48 horas, a la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de La Ligua, que ordenó la internación de imputado por el delito frustrado de femicidio, quien presenta antecedentes de daño orgánico a nivel cognitivo.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Álvaro Carrasco, Silvana Donoso y Claudia Parra– confirmó la resolución que decretó la suspensión del procedimiento y ordenó el traslado del amparado desde el Centro de Detención Preventiva de Quillota al centro de asistencia siquiátrica.

“Que, en la especie habiendo sido ya decretada por juez competente la medida de internación, forzoso es concluir que esta debe llevarse a cabo en un recinto que tenga las condiciones apropiadas para admitir este tipo de reclusos. Así, las consideraciones relativas a la falta de cupos disponibles para la admisión, que enarbola en su informe el Director de Hospital Psiquiátrico de Putaendo, si bien son atendibles, no pueden constituirse en impedimento para dar cumplimiento a la resolución judicial que dispuso su ingreso a tal nosocomio”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, en consecuencia, corresponde acoger el presente recurso de amparo, pues dicha negativa resulta ilegal, ya que al negar el ingreso a un recinto asistencial se actúa al margen de las normas vigentes, afectando con ello la garantía prevista en el artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental”.

“Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de (…), y se ordena dar estricto cumplimiento en el plazo máximo de 48 horas a lo dispuesto por el juez del Juzgado de Garantía de La Ligua, debiendo dar cuenta a esta Corte la ejecución de lo resuelto”, ordena la corte porteña.

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