Terminar con estereotipos en los tribunales: Secretaría de Igualdad de Género y No Discriminación publica primer manual para el leguaje inclusivo no sexista

Sep 3, 2021 | Actualidad

Créditos Imagen : Poder Judicial

En Estrado.

El  Poder Judicial publicó el primer “Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista”, guía práctica para ser consultada por  las personas integrantes de la institución y público general.  Esto en el marco de la Política de Igualdad de Género y No Discriminación, que tiene como una de sus líneas de acción la necesidad de promover el uso de lenguaje inclusivo en todos los aspectos relacionados con la atención de usuarios y usuarias.

El documento fue elaborado y editado por la Secretaría Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación de la Corte Suprema, y su finalidad es “recomendar usos prácticos que puedan ser comprendidos como un avance de los derechos  de las mujeres y otros grupos, entendiendo que la administración de justicia debe resguardar la igualdad de trato, pero a la vez atender particularidades que caracterizan las distintas discriminaciones que puedan afectarles, entre ellas el uso del lenguaje” según se indica en su presentación.

Plantea que “es importante identificar si a través de leyes, políticas públicas o prácticas institucionales/culturales se generan determinadas situaciones de discriminación que se basan en estereotipos de género. Para ello hay preguntas básicas que pueden permitir diseñar acciones concretas con implicancia en el lenguaje: ¿Existen diferencias de trato en base a un estereotipo de género presente en alguna ley, política o práctica? ¿Se ha visto afectado algún derecho de las mujeres en razón de dicha ley, política o práctica? ¿Estaba justificada la aplicación, ejecución, o perpetuación de un estereotipo de género en una ley, política o práctica?”.

“Las recomendaciones para un lenguaje inclusivo en este tema son muy específicas y tienen relación con reemplazar conceptos que estaban arraigados y que constituían una discriminación de hecho. Por ejemplo, nos referiremos a las personas con discapacidad o en situación de discapacidad, ya no como ‘minusválidos, discapacitados, paralíticos’ y otros sinónimos que implicaban una subvaloración, en particular de las personas con discapacidad mental. Tampoco se hablará de personas que sufren o están afectadas por una discapacidad, el término inclusivo es referirse a ellas como ‘personas con discapacidad o en situación de discapacidad'”, señala el manual.

Agrega que “en el caso de pueblos indígenas y de personas migrantes pueden operar barreras lingüísticas y culturales
en el acceso a la justicia, lo que implica el desafío de enfrentar el debate por la interculturalidad y cómo puede ser abordada en un sistema de administración de justicia con criterios de igualdad y diversidad. El fundamento del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (1989) es el principio de no discriminación y el reconocimiento de las condiciones sociales, culturales y económicas que les distinguen de otros sectores de la colectividad nacional. Este Convenio establece en su artículo 3 que los pueblos indígenas tienen el derecho de gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación”.

Descripción

En un comunicado, el Poder Judcial indica que este manual consta de dos partes: en la primera se  aborda la interrogante del por qué el lenguaje inclusivo desde sus definiciones y principios; su relación con lo jurídico y la justicia; el avance del tema en otras instituciones y los principales mitos sobre su utilización. En la segunda sección  se entregan sugerencias, consejos prácticos y ejemplos de uso, finalizando con un glosario que define  los principales conceptos utilizados a lo largo del texto.

La ministra encargada de Asuntos de Género y No Discriminación de la Corte Suprema, Andrea Muñoz, señaló que “esta nueva herramienta es una invitación a reflexionar sobre los usos del lenguaje que, en forma inconsciente, puede invisibilizar a personas o grupos, o contribuir a hacerlas presente en nuestros espacios, a reconocerlas como parte de nuestra sociedad y a valorarlas. Es un ejercicio desafiante que, acorde a los tiempos actuales donde el lenguaje inclusivo está siendo ocupado y promovido en comunicaciones formales e informales, conjuga su uso con el de normas gramaticales básicas, y en ese marco sugiere, pero no obliga. Confiamos en que a la postre ayudará a diluir sesgos y estereotipos, promoviendo un mayor respeto a la igualdad y no discriminación de todas las personas”.

ManualLenguajeInclusivo_PJUD2021

 

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