Acogieron queja contra magistrados por falta grave: Máximo Tribunal ordenó a la Corte de Talca dejar sin efecto fallo que acogió nulidad, revirtió absolución y condenó a imputado por poner en peligro salud pública

Ago 9, 2021 | Actualidad

En Estrado.

La Corte Suprema acogió el recurso de queja y le ordenó a la Corte de Apelaciones de Talca la realización de una nueva vista, por jueces no inhabilitados, del recurso de nulidad presentado contra de la sentencia de primera instancia que decretó la absolución de acusado por poner en peligro la salud púbica, la que posteriormente fue anulada en segunda instancia y se decretó una condenada en sentencia de reemplazo.

La Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Raúl Mera y los abogados (i) María Cristina Gajardo y Ricardo Abuauad– consideró falta o abuso grave de los magistrados, dado que con su decisión evitaba la realización de un nuevo juicio oral.

“Que de la norma antes transcrita aparece con claridad meridiana que la Corte se encuentra autorizada para anular sólo la sentencia impugnada y dictar la de reemplazo correspondiente, si la causal por la cual se anula aquélla, no se refiere a formalidades del juicio ni a los hechos y circunstancias que se hubieren dado por probados –extremo que se cumple en la especie, pues se trata de la  causal de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal– y, además, que el motivo que acarrea la nulidad, obedezca a que el fallo de la instancia, hubiere calificado de delito un hecho que la ley no considerare tal, aplicado una pena cuando no procediere aplicar pena alguna, o impuesto una superior a la que legalmente correspondiere, situaciones frontalmente opuestas a la de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Talca que los recurridos invalidan, el que absolvió al requerido Sepúlveda Castro de responsabilidad como autor del delito prescrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que de este modo, los jueces recurridos, al anular la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Talca y dictar una de reemplazo, en vez de anular también el juicio oral y ordenar que se celebre nuevamente por tribunal no inhabilitado, han cometido una falta grave que justifica hacer lugar al recurso de queja en examen, toda vez que su conducta ha afectado las normas procesales que regulan el recurso de nulidad, ocasionando un severo perjuicio al imputado Sepúlveda Castro, ya que al así proceder los recurridos, prescindieron de un nuevo juicio oral al que tenía derecho y dictaron una sentencia condenatoria sin tener competencia para ello, defectos que sólo pueden ser corregidos por medio de este arbitrio disciplinario”.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE el recurso de queja deducido en favor y, en consecuencia, se deja sin efecto la audiencia de 5 de abril del año en curso celebrada ante la Corte de Apelaciones de Talca en el Rol N° 217-21, así como la sentencia de nulidad y reemplazo dictadas en esa causa, debiendo dicho tribunal proceder a fijar una nueva audiencia pública para conocer y resolver, por jueces no inhabilitados, el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público contra el fallo del Juzgado de Garantía de Talca de 26 de febrero de 2021. No se remiten estos antecedentes al pleno de este tribunal, por estimar que no existe mérito suficiente para ello”.

QUEJA+SEPULVEDA+CASTRO+SUPREMA (1)

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