¿Qué significa acusar de “politizada” a una Fiscalía? Por Ángel Valencia

Sep 24, 2020 | Opinión

Créditos Imagen : Ángel Valencia

Ángel Valencia. Abogado de la Universidad de Chile. Master of Laws (LLM), especialización en litigación oral, California Western School of Law.

¿Tiene algo que ver la naturaleza de la función de los fiscales con la política?

En primer lugar, digamos que el derecho es un fenómeno esencialmente político, es decir, que tiene relaciones intrínsecas con la práctica política. Esa conexión del derecho con la política consiste en el hecho de que las acciones y decisiones no son individuales y aisladas, sino contribuciones a una acción o práctica colectiva. El gran jurista argentino Carlos Nino propuso la necesidad de concebir la acción de los constituyentes, legisladores, jueces y administradores como partícipes de una obra colectiva. El derecho es una empresa cooperativa, puesto que no puede lograrse efecto jurídico sin la colaboración de otros.[1]

Nino plantea, asimismo, que concebir las decisiones y acciones jurídicas como contribuciones a prácticas o acciones colectivas implica reconocer la naturaleza esencialmente política del derecho.

Siguiendo ese planteamiento, los fiscales del Ministerio Público participan, también, de esa obra colectiva que es el desarrollo del derecho vigente, y que forma parte de un proceso todavía más amplio, como lo es el complejo de prácticas, instituciones, costumbres, actitudes culturales y creencias básicas que definen una sociedad.

Plantear, entonces, que la función del Ministerio Público no tiene ningún vínculo con la política entendida de este modo, sería una afirmación equivocada.

¿Porqué puede reprocharse, entonces, al Ministerio Público o a sus fiscales que se “politicen”?

En Chile se optó por la independencia orgánica del Ministerio Público, constituyéndolo como un órgano separado del Ejecutivo y del Judicial, con finalidad de evitar el abuso de la persecución penal como arma política contra los opositores y fortalecer el combate de la corrupción en el gobierno y los distintos organismos del Estado en general.

La acción del Ministerio Público puede producir (o produce siempre) efectos políticos, y no tiene sentido discutir aquello. Sin embargo, se habla de una fiscalía “politizada” cuando el criterio principal para adoptar una u otra decisión en causas determinadas, o en materia de persecución penal, es la forma como esa acción de la fiscalía influirá en la pugna cotidiana por el poder entre los distintos partidos y movimientos políticos. Dicho de otro modo, cuando la acción de la Fiscalía, más que privilegiar la eficacia de la persecución penal en el marco de la ley, fija como su objetivo principal influir o incidir en la forma como se resuelva la disputa por el poder político, por acceder al Gobierno, entre los distintos partidos y movimientos, tratando de favorecer a unos en perjuicio de otros.

Una fiscalía “politizada” sería aquella que traiciona el propósito inicial de dotarla de autonomía para prevenir el abuso de la persecución penal como arma política contra los opositores, convirtiéndose en lo contrario. No entiende la consecuencia política como un efecto inevitable de la persecución penal correcta y necesaria, sino que prioriza la primera en perjuicio de la segunda.

Por ese mismo motivo, dicha independencia no implica que deba estar inmune al legítimo control de otros poderes del Estado y de la ciudadanía, respecto de los resultados de su actividad de persecución penal y de la corrección de los medios que emplea para el logro de sus fines. Tal como los jueces de garantía tienen por función asegurar los derechos de los imputados durante la investigación penal en casos determinados, el desempeño general del Ministerio Público debe estar sujeto (también) a control y rendición de cuentas.[2]

¿Es correcto decir que la Fiscalía chilena se ha politizado?

No existe ningún antecedente serio para hacer una imputación institucional en tal sentido. Más bien el actuar del Ministerio Público se ha caracterizado por la transversalidad de la persecución penal; no hay antecedente objetivo que permita sostener que se ha perseguido con mayor celo los delitos cometidos por quienes simpatizan o integran una coalición de gobierno, movimiento o partido político determinado, y menos aún que ello haya ocurrido con el propósito de beneficiar a los adversarios de los mismos.

Lo que si es evidente es que la crítica de “politización” apunta a una cualidad central del Ministerio Público chileno. Si se le dotó de autonomía fue, precisamente, para que no se “politice”. Por tal motivo, quien no esté satisfecho o conforme con las decisiones que adopte un fiscal en un caso determinado, y tenga la posibilidad de hablar desde un púlpito que le provea de una gran o significativa audiencia, puede intentar hacer mucho daño a la Fiscalía con una imputación de esa naturaleza. Lamentablemente, cuando esa crítica no tiene sustento en los hechos y solo busca mejorar el prestigio del caso que se litigará luego en tribunales, puede horadar lentamente el prestigio institucional si no recibe una respuesta clara y oportuna.

Por último, si para el lector no fuera suficiente este argumento referido al uso que estimo más apropiado de los términos, me permito agregar que desprestigiar gratuitamente las instituciones del Estado para beneficiar el caso de un defendido no ha sido jamás un comportamiento muy virtuoso ni republicano, y menos aún lo es en las circunstancias que enfrentamos.

[1] NINO, Carlos, Derecho, moral y política. Una revisión de la teoría general del Derecho, Buenos Aires, Siglo veintiuno editores, 2014.

[2] Documento de trabajo CEJA “Persecución penal efectiva y estado de derecho: desafíos y líneas de acción para América Latina”, septiembre de 2020, disponible en: https://biblioteca.cejamericas.org/handle/2015/5660

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