Para respetar la Libertad de Creencia se debe debatir la Eutanasia en Chile. Por Branislav Marelic

Dic 31, 2020 | Opinión

Créditos Imagen : RCZ abogados

Branislav Marelic Rokov. Abogado de Derechos Humanos y Transparencia, Profesor Universidad Alberto Hurtado.

La salvación del alma, como concepto muy amplio, es una de las principales misiones de la mayoría de las religiones en el mundo. Con matices y diferentes vías, los credos prescriben reglas de conducta en nuestra vida terrenal y fijan ritos relacionados a la obtención de un fin superior.  Sin embargo, por más loable que sea el fin de salvar el alma de todas las personas, el Estado no está encargado de aquello.

Tal como señalaba John Locke en sus Cartas sobre la Tolerancia (1689-1690), es hasta egoísta e imprudente que el Estado imponga pautas de conducta con bases religiosas a las personas bajo su jurisdicción, ya que “toda la existencia y el poder de la verdadera religión consiste en la persuasión interior y completa del espíritu” y “si no estamos plenamente convencidos de que aquella es la verdad (…) en lugar de constituir un progreso, serán de hecho grandes obstáculos para nuestra salvación”. Por su parte, recordaba Locke el poder del Estado es esencialmente externo y si la verdadera creencia personal es fuerte, esta no podrá ser doblegada por apremios u obligaciones

Además, como tercera razón de Locke para separar el debate de la salvación de las almas por parte del Estado, existe un riesgo de que la visión “oficial” traducida en normas obligatorias podría estar equivocada. Y en efecto, si existe una imposición externa de normas o pautas con finalidades religiosas, ¿cómo podemos conciliar la existencia del pluralismo religioso en el mundo? Irremediablemente la adopción de normas basadas en razones religiosas pondría nuestras almas en manos ajenas, forzando además a las personas a seguir reglas religiosas con las cuales no comulgan, y que incluso podría no ser un camino para alcanzar el fin superior buscado.

A pesar de que Locke, al igual que otros pensadores, describió en 1689 los argumentos para separar las razones religiosas de las razones “civiles” para la actuación del Estado, seguimos reviviendo el debate cada vez que en Chile avanzan las reformas que con argumentos o consensos democráticos se oponen a una religión o creencias. Así ocurrió con el divorcio vincular y con la interrupción legal del embarazo; así ocurre con el debate sobre matrimonio igualitario, adopción para parejas del mismo sexo y por supuesto, para el proyecto de ley para normar la Eutanasia en Chile.

El argumento de que el Estado debe proteger las religiones, y por tanto, no se debe legislar en materias que serían contrarias a esos credos, es ampliamente utilizado, pero es totalmente irracional a la luz de lo que verdaderamente significa seguir una creencia religiosa, y Locke ya lo conceptualizaba hace siglos: para salvar el alma debemos creer en algo internamente y practicarlo con sentido, siendo esencialmente una decisión espiritual personal.

Lo anterior no significa que la religión no pueda confluir con decisiones del Estado, ya que si bien en Chile se prohíbe el asesinato tal como en los 10 mandamientos del Antiguo Testamento, la sanción homicidio tiene fundamentos extra religiosos que hoy lo sustentan y lo hacen altamente deseable. Si antiguamente normativas se basaron en creencias religiosas ampliamente superadas por la evidencia o cuestionadas por razones “civiles” como la igualdad, estas han sido derogadas, como por ejemplo, la antigua diferenciación entre hijos legítimos e ilegítimos, sustentada en algunas razones religiosas.

Cualquier imposición externa de cualquier tipo de pauta religiosa viola la Libertad de Creencia, pero no de los creyentes afines con la pauta religiosa, sino de los no creyentes, e incluso de fieles a otras religiones. Si mi pauta de vida, religiosa o atea, no concibe que el divorcio, el matrimonio entre personas del mismo sexo, el aborto o la eutanasia sean pecados ¿Qué argumentos no religiosos existen para que me prohíban utilizar dichas instituciones? Instituciones que en todo caso son voluntarias y no obligatorias, por lo tanto, no afectan a las personas que quieran vivir de acuerdo a sus preceptos morales y no utilizar instituciones legales contradictorias a sus creencias. El punto de debatir sobre la Eutanasia en Chile lejos de ser un atentado a la Libertad de Creencia es un instante que permite garantizar efectivamente este derecho, y no descartar ideas por la creencia de algunos.

Puede que a una gran cantidad de cristianos y cristianas no les guste la Eutanasia, no la practicarían y si pudieran decidir no la permitirían en Chile y ese pensamiento es totalmente válido. Es más, si los y las legisladoras fueran en su mayoría firmes creyentes contra la Eutanasia lo más probable es que este proyecto sería rechazado. Pero la razón de que representantes populares voten en contra de la Eutanasia es que derechamente no les gusta o que su rechazo es concordante con el proyecto político por el cual fueron elegidos y esperan reelegirse. Votar a favor o en contra de una idea en una Democracia, y asumir todas las consecuencias de aquello, es totalmente válido, pero no por superioridad moral o una verdad revelada, sino por los votos obtenidos, permitiendo que las ideas ganen o pierdan en la misma cancha con cualquier otra religión o creencia en el marco de una sociedad democrática.

Claramente en cualquier debate de ideas, como sociedad nos hemos puesto como límites no infringir los Derechos Humanos, pudiendo adoptar decisiones democráticas que sean concordantes con los mismos. En un punto de vista estrictamente jurídico la Eutanasia no viola Derechos Humanos, en tanto sea voluntaria y no impuesta, por lo tanto, que el término de la vida sea una decisión “no arbitraria” como, por ejemplo, en supuestos objetivos y con certeza de la opinión de la persona que se someterá a ella. Incluso uno no solo podría argumentar que la Eutanasia podría ser “permitida” en un Estado, sino que es un campo abierto de debate que todo Estado respetuoso de los Derechos Humanos debería regular y permitir siempre la Eutanasia si realmente quiere garantizar la Libertad de Creencia de personas que consideren esencial terminar su vida en el marco de casos calificados, o si quiere garantizar la Integridad Personal de una persona que sufre más allá de meros cuidados paliativos.

Si Chile tiene realmente un compromiso con la Libertad de Creencia, a lo menos debería permitirse el debate honesto de ideas, no imponiendo verdades irreflexivas y personales a otros, y permitir a las personas vivir sus propias creencias, en especial, cómo y qué consecuencias tiene el término no natural de la vida. Las razones religiosas son personales y legítimas, pero no pueden convertirse en pautas impuestas a todos y todas las habitantes del país sin otras razones de peso, acogidas por la comunidad política nacional.

| LO MAS LEIDO