Ordenó que el Fisco debe indemnizar a familiares con US$1.250.000: condenan a cinco años de cárcel a exalcalde de Galvarino por ser cómplice del secuestro calificado de trabajador agrícola

Mar 1, 2021 | Actualidad

Créditos Imagen : INDH

En Estrado.

El ministro en visita Álvaro Mesa Latorre condenó a exteniente de reserva de la Fuerza Aérea y alcalde designado de Galvarino, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Luis Armando Horn Roa. Ilícito perpetrado a partir de noviembre de 1973, en la comuna.

El Poder Judicial informó a través de un comunicado que se trata de Fernando Alfonso Ruiz Arrivé, quien deberá cumplir una pena de 5 años de presidio efectivo y accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de cómplice del delito.

En el aspecto civil, el ministro en visita condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $900.000.000 (US$ 1.250.000) por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.

Hechos acreditados

-“Que a partir del 11 de septiembre de 1973 en la ciudad de Galvarino el régimen militar reestructuró el gobierno local designando como nuevo Alcalde de la comuna al Teniente de Reserva de la Fuerza Aérea de Chile Fernando Alfonso Ruiz Arrivé, quien además era piloto civil y tenía residencia en esa ciudad. Como medida de seguridad el Alcalde recibió la protección de personal de la Fuerza Aérea de Chile siéndole asignado un guardaespaldas. El Teniente de Reserva de la FACH, Fernando Alfonso Ruiz Arrivé, además, participaba semanalmente en reuniones de coordinación en la Base Aérea Maquehue de Temuco”.

-“Que inmediatamente después de sucedido el golpe militar muchas personas proclives al gobierno de la Unidad Popular en la ciudad de Galvarino fueron detenidas por patrullas de Carabineros y militares del Regimiento “La Concepción” de Lautaro, las que fueron conducidas a la Tenencia de esa ciudad o a la ciudad de Lautaro, quedando privadas de libertad en recintos militares o en la cárcel pública”.

-“Que Luis Armando Horn Roa, 35 años, casado, trabajador agrícola y militante del Partido Socialista, fue detenido poco después del 11 de septiembre de 1973 por personal de Carabineros de la Tenencia de Galvarino, los que sin portar aparentemente una orden judicial que los facultara para tal acto procedieron a sacarlo desde su domicilio para llevárselo a la unidad policial señalada. Allí fue ingresado a un calabozo y después de varias horas fue llevado a la Cárcel Pública de Lautaro, acusado del delito de infracción a la Ley de control de armas. Allí permaneció por espacio de dos meses aproximadamente, a disposición del Juzgado de Letras de Lautaro en primera instancia (causa rol 25.923) para posteriormente quedar bajo la tutela de la justicia militar”..

-“Que el 29 de octubre Luis Armando Horn Roa fue derivado a la cárcel pública de Victoria dependiendo su causa de la Fiscalía Militar de esa ciudad. Hasta ese lugar llegaron sus familiares a preguntar por él, quienes se entrevistaron con el Fiscal Militar que era el Capitán de Ejército del Batallón de Transportes N°4 de esa comuna, Jorge René Castro Lobos (fallecido según consta a fs. 1.286, Tomo IV). Tras esa reunión, Horn Roa fue dejado en libertad regresando a la ciudad de Galvarino. Según el relato de testigos, Jorge Horn, hermano del padre de la víctima de autos, conversó con el Capitán Castro Lobos quien le sugirió que Luis Horn Roa no regresara a Galvarino porque sus enemigos lo iban a perseguir. Sin embargo, Horn Roa de todas formas regresó a esa ciudad, pero por temor decidió no quedarse en la casa de sus padres, que estaba ubicada en la ciudad, sino que se fue al domicilio de sus suegros, ubicado en el sector rural de Pilahuenco de esa comuna”.

-“Que el día 27 de noviembre de 1973 una patrulla de la Base ‘Maquehue’ de Fuerza Aérea de Chile llegó hasta la ciudad de Galvarino en dos vehículos institucionales estacionándose, según el relato del testigo Hernán Emeterio Horn Roa, frente a la Municipalidad de esa comuna, lugar al que ingresaron los integrantes de dicha patrulla, permaneciendo allí por un rato considerable. Posteriormente, los efectivos de la FACH se dirigieron hacia el domicilio de los padres de Luis Horn Roa, ubicado en calle Maipú, siendo atendidos por Germán Horn Roa (fallecido según consta a fs. 1.284, Tomo IV), hermano de la víctima, quien reconoció como integrante de la patrulla a Francisco Salazar (fallecido según consta a fs. 25, Tomo I), Suboficial de la FACH, que era oriundo de Galvarino. Germán Horn Roa fue obligado a acompañar a los integrantes de la FACH para que mostrara el lugar donde vivía la víctima de autos, que en ese tiempo era el sector Pelahuenco distante a 2 km de Galvarino. Cuando llegaron al lugar golpearon la puerta y preguntaron por el requerido quien salió del inmuebe y fue tomado detenido por la patrulla sin portar aparentemente una orden judicial que los facultara para tal acto. Inmediatamente regresaron a la casa de los padres de Horn Roa donde pasaron a dejar a su hermano Germán, siendo esta la última vez que se vio con vida a Luis Horn Roa”.

-“Que en los días posteriores la esposa de Luis Horn Roa, doña Haydee del Carmen Álvarez Huilcamán, concurrió hasta la Base Aérea Maquehue de Temuco donde consultó por su marido, siéndole negado el hecho de que estuviera detenido en ese lugar tras lo cual fue conminada para abandonar la unidad militar”.

-“Que años más tarde, Hernán Emeterio Horn Roa conversó con Miguel Manríquez Saber (fallecido según consta a fs. 1.283, Tomo IV), quien  también era Oficial de Reserva de la FACH y residía en Galvarino para la fecha de los hechos y que en la época de la entrevista aludida era Alcalde designado y Juez de Policía Local de esa comuna. En un momento de confianza le preguntó derechamente si sabía qué había sucedido con Luis Horn Roa, a lo que el mencionado Manríquez Saber habría respondido, muy serio, que le preguntara al Teniente de Reserva de la FACH, Fernando Alfonso Ruiz Arrivé, quien en 1973 era Alcalde designado de Galvarino, pues él sabía lo que había sucedido con la víctima de autos”.

Lea acá el fallo.

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