Jueces civiles de Santiago alertan “grave crisis” ante retraso generado por la pandemia: acusan que informe de diagnóstico de la CAPJ se hizo a sus “espaldas” y cifras entregadas “no se ajustan a la realidad”

Nov 24, 2020 | Actualidad

Créditos Imagen : Poder Judicial

Andrés López Vergara, En Estrado.

“Los jueces y juezas civiles que diariamente se desempeñan en sus funciones no pueden cargar sobre sus hombros los recortes presupuestarios que determina la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Estamos seguros de que hay medidas más sensatas y prudentes de ahorro de presupuesto. Reiteramos, como lo hemos venido sosteniendo desde hace años, pero con mayor fuerza en estos últimos, que no es posible enfrentar la actual realidad de la justicia civil con una dotación de 30 personas”.

Esta reflexión es parte del informe enviado el 19 de octubre a la Corte de Apelaciones de Santiago por las juezas Daniela Royer, Patricia Ortiz y el magistrado Ricardo Núñez, quienes, en representación de los 30 tribunales civiles de la jurisdicción, entregaron un diagnóstico sobre el retraso generado en la resolución de causas a raíz de la pandemia. Esta consulta se originó a petición de la Corte Suprema para elaborar una serie de medidas para enfrentar esta “avalancha” de casos que se generará cuando se levante el estado de excepción.

Las conclusiones de los magistrados no fueron alentadoras e incluso cuestionaron el informe del Departamento de Desarrollo Institucional de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, acusando que se realizó a sus espaldas y entregó cifras que no correspondían a la realidad de su labor. Estos antecedentes fueron puestos en conocimiento del Pleno, junto con una propuesta de la ministra Gloria Ana Chevesich para enfrentar la contingencia. La semana pasada el Pleno decidió tomar cartas en el asunto.

El crítico informe

“A efectos de poder comprender a cabalidad las propuestas que más adelante se formulan, creemos necesario poner de manifiesto cuál es la realidad del trabajo que diariamente se realiza por parte de los tribunales civiles, labor que como es ampliamente sabido, va más allá del hecho de dictar sentencias en los diversos procesos (…). Las resoluciones dictadas por los 30 juzgados civiles de Santiago, descontadas aquellas que se generan automáticamente por el sistema, son 7.630 en el mes de agosto; 7.796 en septiembre y 9.128 en octubre”, relatan los magistrados para evidenciar las consecuencias del retraso y el alza de causas que ya se está generando.

Agregan que “los guarismos señalados, expresados gráficamente, demuestran que, en promedio, los tribunales han dictado 8.185 resoluciones mensuales, lo que se traduce en 409,25 diarias por tribunal, cifras que, como es lógico, aumentan en la medida que las restricciones que impone la autoridad Administrativa van cediendo, lo que permite sostener que existirá un incremento en las cargas de trabajo para lo que queda del año y particularmente para el período 2021”.

En ese escenario, plantearon una serie de conclusiones: “El principal elemento que ha permitido el sostener el funcionamiento de la jurisdicción civil son aquellos que trabajamos en ella, tanto jueces (zas), secretarias (os), y funcionarios de secretaría. Sin embargo, la política desarrollada por la CAPJ se ha traducido en que nuestra jurisdicción ha sido la única a la cual se le ha disminuido el 50% de la dotación de jueces y ello ha ocurrido con la suspensión de la aplicación del artículo 47 del COT”.

Sobre el informe de diagnóstico señalan que “dicha medida se tomó sobre la base de un informe elaborado por la DDI en el que en términos absolutamente vagos se sostuvo que dada la suspensión de los términos probatorios el trabajo de los jueces disminuiría. No sólo no conocemos el contenido del informe, sino que desconocemos la metodología utilizada, no participamos de su confección y tampoco tuvimos la oportunidad de contrastar; es decir, fue elaborado a las espaldas de quienes mejor conocemos la realidad. Sostuvimos y acreditamos que las cifras que maneja el DDI no se ajustan a la realidad. En este contexto, sostenemos que no es posible, si no se quiere hacer entrar en una grave crisis a nuestra jurisdicción, mantener la suspensión del artículo 47 del COT; no hay posibilidad alguna de enfrentar el camino a la ‘normalidad’ y el año 2021, sin que se restituya la dotación de jueces que teníamos hasta el mes de junio de 2020”.

La decisión de la Corte Suprema

Ministra Gloria Ana Chevesich.

Tras la revisión de los informes de los gremios, las Cortes y la propuesta de la ministra Chevesich ante el atraso en los tribunales del país, el Pleno resolvió la semana pasada modificar una serie de normas e iniciar mesas de trabajos.

La resolución ordena “generar una instancia de trabajo, a cargo del presidente de esta Corte Suprema y de la ministra coordinadora, con los presidentes de Cortes de Apelaciones y con los jueces y juezas de tribunales con competencia en materia civil del país, con miras a adoptar mecanismos de trabajo que aseguren el correcto funcionamiento de las citadas unidades judiciales. La Corporación Administrativa del Poder Judicial deberá proveer la herramienta tecnológica Google Meet, para posibilitar video conferencias simultáneas, a los juzgados con competencia civil que así lo requieran. Teniendo presente el interés del Tribunal Pleno de dotar a los tribunales civiles de los recursos humanos necesarios para hacer frente a los requerimientos para ejercer adecuadamente su función jurisdiccional, remítanse las presentaciones de los jueces del Comité de Jueces Civiles de Santiago y de los Oficiales Primero de los citados tribunales al Consejo de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, para los fines que ha lugar”.

Agregan que se hará una “modificación del artículo 25 del Acta 41-2020, sobre Auto Acordado que regula el Teletrabajo y el uso de video conferencias en el Poder Judicial, sustituyendo su inciso final por el siguiente: ‘Los tribunales deberán llevar a cabo los alegatos y audiencias mediante videoconferencia y, tratándose de éstas, deberán fijar día y hora para su realización tan pronto la causa esté en estado’. (Se ordena) La citación a las directivas de las Asociaciones Gremiales que integran el Poder Judicial para discutir, en la correspondiente mesa de trabajo, la pertinencia de modificar el Protocolo Covid- 19, al tenor de la iniciativa signada con el N° 2 de las propuestas de la ministra coordinadora”.

Indican que se comunicará “a las Cortes de Apelaciones del país, Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Defensoría Laboral y a la Corporación de Asistencia Judicial el ‘Protocolo operativo de funcionamiento de tribunales por medios telemáticos durante la contingencia por COVID, para su adecuada difusión, incorporándolo, además, y con idéntico fin, a la página web institucional, a las de cada uno de los tribunales del país, y a redes sociales del Poder Judicial”.

“Recordar a las Cortes de Apelaciones del país que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101 del Código Orgánico de Tribunales, dichos tribunales se encuentran investidos de las prerrogativas establecidas en la ley para solicitar, con los fundamentos técnicos aludidos en la citada normativa, los apoyos necesarios para el adecuado funcionamiento de los tribunales de sus respectivas jurisdicciones. Instar las Cortes de Apelaciones del país para que promuevan el ejercicio del derecho al feriado correspondiente por parte de sus funcionarios, habida cuenta de la modificación de la política de suplencias aprobada por este Tribunal Pleno, por resolución de 9 del mes en curso”, señalan los magistrados.

INFORME JUECES CIVILES ACUERDO CIVILES SUPERAR ATRASOS

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