Desde estudiantes hasta jubilados: declaran culpables de estafa y loteos irregulares a dueños de proyecto inmobiliario emplazado en terrenos agrícolas con prohibición de cambio de uso de suelo

Nov 23, 2020 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado

“Las víctimas engañadas, concurrieron hasta donde se encontraba la parcela, lugar en el cual eran recibidos por la acusada o por sus vendedores, quienes mostraban los sitios disponibles, los cuales se encontraban delimitados, existían calles y pasajes pavimentados, postes de luz eléctrica y casetas de agua en cada sitio, así también, se les exhibió a las víctimas el plano simple, en el que se observan 110 lotes de una superficie  inferior a los 5.000 metros cuadrados, cada uno”.

Ese es parte del veredicto que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó el sábado en el que declaró culpables, según un comunicado del Poder Judicial, a Ximena Alicia Burdiles Mohr y Juan Manuel Miranda Carmona, en calidad de autores de los delitos de loteos irregulares y estafa reiterada; y al abogado Flavio Jaime Gómez Pizarro, como cómplice en la venta de terrenos en los sectores de Pelícana y El Romero en la comuna de La Serena, y Pan de Azúcar y Santa Filomena, en la comuna de Coquimbo. Hechos ocurridos entre 2013 y 2015. Hoy a las 15:00 horas se conocerán las penas en la lectura de la sentencia.

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, la cantidad de víctimas bordea las 67 personas y habrían pagado un total aproximado de $ 2.500 millones.”Han declarado jóvenes, adultos mayores, jubilados, profesionales. Era un engaño transversal por su calidad. Esto hace impresentable la teoría de la defensa respecto a que las víctimas no tuvieron la autoprotección necesaria para darse cuenta ellas mismas que estaban siendo engañadas”, señaló la fiscal Yocelyn Weisser en un comunicado en la página web del Ministerio Público.

Los magistrados determinaron que, más allá de toda duda razonable, los acusados Burdiles Mohr y Miranda Carmona procedieron a adquirir terrenos agrícolas y gravados con la prohibición de cambio de uso de suelo. Paños que luego lotearon y pusieron en venta, celebrando para ello diversos actos jurídicos; tales como: promesas de compraventa, compraventas y sesiones de derecho, para lo cual contaban con la asesoría legal del abogado Gómez Pizarro.
Durante el juicio que duró 82 días, los magistrados tuvieron a la vista más de 200 testigos, una decena de peritos, pruebas gráficas, de audio, video, y mil 200 pruebas documentales.

“No cabe duda que cada uno de los compradores siempre entendieron que adquirían el sitio específico que habían elegido, que no sólo les había sido ofertado como tal, sino que también mostrado en terreno por los propios vendedores y, en algunos casos los mismos acusados Burdiles Mohr y Miranda Carmona, lugar donde pretendían construir su casa habitación, que como mucho, por lo demás, luego lo concretaron según quedó debidamente establecido”, consigna el acta de deliberación.

“Que los acusados Burdiles Mohr y Miranda Carmona no sólo constituyeron sociedades con un objeto preciso y determinado en el rubro inmobiliario, sino que además establecieron una oficina céntrica en La Serena, también instalaron centro de ventas en uno de los terrenos que ofertaban, contando con un grupo humano de trabajadores, desde secretaria, topógrafo, contador, vendedores, y con un despliegue comercial importante, tanto en redes sociales como en prensa escrita con un determinante y atractivo visual, todo lo cual sin duda, creaba una apariencia externa que daba sustento a las manifestaciones verbales de los autores del delito, pues estos mismos eran los que los atendían, ya sea en terreno o en las oficinas, les entregaban información sobre el supuesto proyecto habitacional que ofertaban exhibiéndoles planos e imágenes que en todo caso ya se contenían en la publicidad; le mostraban y recorrían los terrenos asegurándole los servicios que prestarían, para citarlos luego a una notaría pública donde suscribían los contratos confeccionados por el asesor legal”, se indica en la resolución.

Lea el veredicto acá.

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