Daño moral: Municipalidad de Maipú es condenada a pagar $10 millones por alterar memorial de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos

Sep 14, 2020 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado.

El Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda presentada en contra de la Municipalidad de Maipú por infracción a la Ley de Propiedad Intelectual al alterar monumento conmemorativo a los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos de la comuna.

El escultor recurrió en contra de la municipalidad dirigida por Cathy Barriga por la modificación que efectuó en 2016, la que cambió completamente la obra. Por ejemplo, se agregaron figuras humanas y se modificó la parte en que estaban los nombres de las víctimas, como por ejemplo Jecar Neghme.

Su forma original de 2012 según folleto de la municipalidad.

Según un comunicado del Poder Judicial, en la sentencia (causa rol 33.742-2018), la magistrada Jacqueline Benquis Monares ordenó al municipio pagar al demandante la suma de $10.000.000, por concepto de daño moral, entre otras medidas reparatorias.

“Que por consiguiente, y con el mérito de la prueba testimonial y documental rendida en autos por el actor, así como por el demandado se tendrá por acreditado el hecho que la demandada efectuó alteraciones sustanciales al proyecto original y que alteran esta característica de una obra artística, sin justificación ni explicación fundada en los autos, toda vez que el aseo y ornato de un lugar son responsabilidad del Municipio, mas no una modificación a una obra cuya autoría pertenece a una persona determinada y cuyos derechos no han sido cedidos o renunciados a la Municipalidad, por lo que se concluye que no se no dio total cumplimiento a sus obligaciones emanadas del contrato y que dicen relación con el reconocimiento de la autoría y derechos que el autor y normas legales sobre protección al derecho de autor, que tiene el demandante sobre la obra ‘Memorial Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de Maipú’, ubicado en la Plaza central de la comuna de Maipú”, sostiene el fallo.

Tras su modificación en 2016.

“Que efectivamente las alteraciones afectan la imagen del escultor, toda vez que la autoría de dicha obra tiene un alcance social y legal de autoría de don Rubén Peralta Larraguibel, por lo que manteniéndose el monumento bajo su nombre o autor a, se le relacionan la apariencia de dicho, en abierta infracción al artículo 4 de la ley 17.336, y afectándose por tanto su nombre y reputación según lo que la dicha proyecte en la sociedad, especialmente si esta se encuentra en un lugar público como la plaza de la comuna y de amplia difusión por lo demás, como según la misma  demandada indicó en su documental, razones por las cual se entiende que hay un daño a la imagen y reputación del actor, más no por el monto que señala, por lo que en consideración del artículo 85 E de la Ley 17.336, se fija prudencialmente en la suma de $10.000.000”, agrega la resolución.

Por tanto, se resuelve:

“I.- Que se da lugar, con costas, a la demanda de lo principal de fecha 25 de octubre de 2018, sólo en cuanto:

 a.- Se declara que la demandada, Ilustre Municipalidad de Maipú, ha incumplido el contrato administrativo N° 118/2012, suscrito por las partes el día 23 de marzo de 2012.

 b.- Que se condena a la demandada, Ilustre Municipalidad de Maipú, al pago del daño moral, por la suma de $10.000.000, con más los intereses, precisándose que dichos intereses son los que se indican y en la forma que se especifica en el motivo décimo octavo de esta sentencia.

c.- Que se fija un plazo de 30 días, contados desde la ejecutoria de la presente sentencia al retiro del nombre del demandante, don Rubén Peralta Larraguibel, de la escultura/monumento ‘Memorial de los Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de Maipú’.

d.- Que se publique la presente sentencia en un diario de circulación masiva a elección de la demandante”.

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