Corte mantiene abierto caso por presunto tráfico de influencias que involucra a Gustavo Hasbún: “El efecto la presunción de inocencia no basta para decretar el sobreseimiento definitivo”

Ene 27, 2021 | Actualidad

Créditos Imagen : Poder Judicial

Andrés López Vergara, En Estrado.

“Se debe considerar que el sobreseimiento definitivo es ‘una resolución judicial fundada, mediante la cual se decide la finalización de un proceso criminal respecto de uno o de varios imputados determinados, con anterioridad al momento en que la sentencia definitiva cobre autoridad de cosa juzgada, por mediar una causal que impide en forma concluyente la continuación de´ la persecución penal’. Como consecuencia de ello, la trascendencia de su declaración constituye la principal causa del elevado estándar de convicción que se exige para decretarlo, lo que no puede obedecer a un análisis general, superficial o incompleto de los hechos materia de la investigación”.

Ese es uno de los argumentos que tuvo en cuenta la Corte de Apelaciones de Temuco para revocar el sobreseimiento definitivo de Gustavo Hasbún dictado por el juzgado de garantía de esa ciudad, ordenando que la causa en la que se indaga su eventual participación en los delitos de cohecho y tráfico de influencias, debe continuar su tramitación, en conformidad a las normas generales.

Según los antecedentes esgrimidos por la fiscalía que son replicados en un comunicado del Poder Judicial, “en octubre de 2019, el entonces intendente regional de La Araucanía Jorge Atton Palma, denunció ante la fiscalía supuestas irregularidades en que estaría incurriendo Gustavo Hasbún Selume, quien mantenía contacto con el contratista  Bruno Fulgeri Sagredo, con quien el imputado se habría comprometido a realizar gestiones ante el subsecretario del MOP a la época de los hechos y actual ministro de Economía, Lucas Palacios, para agilizar a través de funcionarios públicos los estados de pago al empresario, a cambio de dinero, hechos por los cuales a inicios de 2020, la fiscalía de alta complejidad abrió una investigación desformalizada en contra Hasbún Selume”.

Argumentos

La resolución agrega que: “En efecto la presunción de inocencia no basta para decretar el sobreseimiento definitivo (…). Que con los antecedentes hasta ahora reunidos y allegados a la investigación, si bien no se encuentra desvirtuada la presunción de inocencia que favorece al imputado y en consecuencia, goza del derecho de ser tratado como tal hasta que se demuestre lo contrario, distinta es la hipótesis que contempla la letra b) del artículo 250 del Código Procesal Penal alegada por el interesado y que posibilita la declaración de sobreseimiento definitivo”.

 “Que, en este contexto, no es posible afirmar, en esta etapa de la investigación, que concurre la circunstancia prevista en el artículo 250 letra a), del Código Procesal Penal, esto es, ‘… Cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito…’. Tampoco es posible afirmar que concurre la circunstancia prevista en el artículo 250 letra b) del Código. Ni ellas pueden ser declaradas en forma conjunta”, añade.

Finalmente resuelven que debe “seguirse la tramitación de la presente causa de conformidad a las normas generales, a partir del estado anterior al de la resolución que se revoca”.

Fallo Hasbun Corte

 

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