Contraloría: asistencia al Congreso de 11 ministros para apoyar a Andrés Chadwick durante acusación constitucional no fue injerencia indebida

Jul 29, 2020 | Uncategorized

Créditos Imagen : Biblioteca del Congreso

Andrés López Vergara, En Estrado.

Fue el diputado independiente Tomás Hirsch quien recurrió a la Contraloría para determinar la legalidad de la asistencia de 11 ministros de Estado y dos subsecretarios a la sesión del Senado del día 11 de diciembre de 2019, en la cual se dio lugar a la acusación constitucional interpuesta en contra del exministro del Interior y Seguridad Pública, Andrés Chadwick Piñera.

Para él, “aquellos habrían infringido el principio de probidad administrativa, pues tal actuar no se enmarcaría dentro de sus funciones públicas, sino que más bien sería un respaldo político a dicho exminsitro, quien, además, ya no servía un cargo público a esa época”.

Así, la Contraloría pidió un informe a la Subsecretaría General de la Presidencia: “Señaló, en síntesis, que es una atribución legal de los Ministros de Estado asistir a las salas de sesiones de ambas Cámaras del Congreso, y que los subsecretarios a que se alude en la presentación contaban con la debida autorización para concurrir a la referida sesión. Agrega que la presencia de dichas autoridades en la sesión se enmarca dentro de las funciones de gobierno y colaboración con el Presidente de la República, y que su actuar no implica una vulneración al principio de prescindencia política”.

No hay ilegalidad

En el dictamen se indica que ese día asistieron “los Ministros de Estado de la época don Gonzalo Blümel Mc-Iver, Ministro del Interior y Seguridad Pública; don Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda; don Felipe Ward Edwards, Ministro Secretaría General de la Presidencia; doña Karla Rubilar Barahona, Ministra Secretaría General de Gobierno; don Lucas Palacios Covarrubias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo; don Sebastián Sichel Ramírez, Ministro de Desarrollo Social y Familia; doña Marcela Cubillos Sigall, Ministra de Educación; don Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos; don Cristián Monckeberg Bruner, Ministro de Vivienda y Urbanismo; don Julio Isamit Díaz, Ministro de Bienes Nacionales; doña Isabel Plá Jarufe, Ministra de la Mujer y la Equidad de Género; y además don Claudio Alvarado Andrade, Subsecretario de Desarrollo Regional y don Juan Francisco Galli Basili, Subsecretario General de la Presidencia”.

El contralor Jorge Bermúdez indicó que “si bien en esa instancia el acusado en sede constitucional ya no tenía la condición de autoridad de gobierno, el objeto de la acción fue, precisamente, efectuar un reproche por las actividades desarrolladas en ejercicio del cargo público y no, en cambio, por sus actividades particulares. En tal contexto, y en armonía con las normas citadas, cabe anotar que no se advierte ilegalidad en que las más altas autoridades políticas del gobierno asistan a una sesión del Congreso Nacional que trate sobre una acusación constitucional dirigida en contra de un exMinistro de Estado por el desempeño de sus funciones en la época en que detentaba el cargo, atendido el carácter político de dicho procedimiento”.

Explicó también que “así, en la especie, no resultó reprochable la asistencia de los mencionados Ministros de Estado y Subsecretarios a la referida sesión del Senado, debiendo entenderse que la concurrencia de aquellos a esa instancia de naturaleza política se enmarcó en su calidad de autoridades políticas del Gobierno. Lo anterior, no puede considerarse una injerencia indebida por parte de esas autoridades en el Congreso Nacional, toda vez que no se adviertan elementos para establecer que su presencia haya configurado un acto de proselitismo o propaganda política, ya que no tuvo por finalidad promover o intervenir en una campaña, ni asociar la actividad del organismo respectivo con determinada candidatura, tendencia o partido político, por lo que no se observa una infracción al principio de probidad administrativa”.

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