Compliance: Corte de Punta Arenas confirma retención del pago de $6 mil millones a salmonera tras querella del CDE

Jul 6, 2020 | Uncategorized

Juez de Porvenir había decretado la medida, luego de que el organismo interpuso la acción legal por la posible introducción de “agentes contaminantes que adulteraron la condición ambiental de los cuerpos de agua”, apuntando a la eventual responsabilidad de la persona jurídica.

Andrés López Vergara, En Estrado.

La investigación en contra de exjecutivos y la persona jurídica de Nova Austral S.A continúa. La causa en la Fiscalía de Punta Arenas comenzó por una querella interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de los exdirectivos. A ellos se les imputó el presunto ilícito de obtención fraudulenta de las subvenciones, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 470 N° 8 del Código Penal, en relación con el artículo 467 de la misma normativa.

Luego a inicios de junio, el CDE amplió la querella. Pero esta vez fue contra la persona jurídica de Nova Austral S.A, invocando el presunto delito de contaminación de cuerpos de agua, previsto sancionado en el artículo 136 de la Ley General de Pesca y Acuicultura en relación con los artículos 1 y 3 de la Ley N° 20.393. “A la que se le atribuye que con el propósito de alterar artificialmente la condiciones ambientales y simular un ambiente aeróbico que le permitiera continuar con la operación regular de sus CES o Centros de Cultivos, introdujo agentes contaminantes que adulteraron la condición ambiental de los cuerpos de agua y, en definitiva, causaron un daño sobre los recursos hidrobiológicos presentes en el área, en un periodo posterior a la publicación de la Ley N° 21.132, a saber, el 31 de enero de 2019”, se explica en la resolución de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.

Ante esto, el Juzgado de Garantía de Porvenir ordenó la medida precautoria de la retención del pago de $6 mil millones por concepto de bonificación de la Ley Navarino. Además, el CDE pidió el congelamiento de los vehículos y bienes inmuebles de lo exejecutivos de la salmonera, lo que fue aceptado por el tribunal.

La resolución

La semana pasada, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas decidió mantener la medida precautoria en contra de la firma.

“Que, el Consejo de Defensa del Estado, solicitó la medida precautoria señalada en el motivo anterior en la causa Ruc 2010021453-K, Rit 150-2020 y el señor juez a quo la decretó, sin que para ello tenga relevancia que aún no se hubiere formalizado la investigación, pues dicha medida puede ser solicitada durante toda la investigación conforme lo establece el artículo 157 del Código Procesal Penal, al decir: ‘Durante la etapa de investigación, el Ministerio Público o la víctima, podrán solicitar por escrito al juez de garantía, que se decrete respecto del imputado, una o más medidas precautorias autorizadas en el Título V del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil’”, señala la resolución.

Agregan que: “Que, la medida cautelar en cuestión, se ha dictado respecto de bienes de una persona jurídica en contra de la cual se ha presentado querella criminal por lo que puede ser considerada parte en esta causa, donde actúa como querellada respecto de la que el Consejo de Defensa, persigue su responsabilidad como empresa en los hechos que le atribuye (…). Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149, 157, 230 del Código Procesal Penal, se confirma en lo apelado la resolución de tres de junio del presente año”.

 

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